12 de septiembre de 2024

Sociedad

Sociedad. OCEBA aclaró que una Ley provincial "prevé la posibilidad de incluir conceptos ajenos en la facturación"

Luego de el gobierno nacional anunciara que provincias y municipios ya no podrán cobrar tasas en el precio de los servicios públicos, el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) emitió un comunicado, en el que explica que "el marco regulatorio que rige en el ámbito de la provincia de Buenos Aires aprobado por la Ley 11.769, en su artículo 78 prevé la posibilidad de incluir conceptos ajenos en la facturación"

EL COMUNICADO

Sobre las consultas recibidas por la inclusión de conceptos ajenos en la facturación del servicio público de distribución de energía eléctrica, con motivo de la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, de la Resolución Nº 267/2024 dictada por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, este Organismo informa que el marco regulatorio que rige en el ámbito de la provincia de Buenos Aires aprobado por la Ley 11.769, en su artículo 78 prevé la posibilidad de incluir conceptos ajenos en la facturación.

La provincia ha dictado diversas normas que la reglamentan y complementan a los fines de su implementación y es por ello que la citada norma nacional no resulta de aplicación directa, conforme lo estipula expresamente el tercer párrafo del artículo 25 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor que indica: "Los servicios públicos domiciliarios con legislación específica y cuya actuación sea controlada por los organismos que ella contempla serán regidos por esas normas y por la presente ley. En caso de duda sobre la normativa aplicable, resultará la más favorable para el consumidor".

En tal sentido, la Ley provincial 11.769 regula la inclusión de conceptos ajenos en las facturas, estableciendo el cumplimiento de los recaudos correspondientes, sin que ello vulnere los principios de la Ley de Defensa del Consumidor, de forma tal que dicha incorporación debe estar debidamente autorizada por el OCEBA, detallada en la factura y permitir su pago por separado, caso contrario el distribuidor puede ser sancionado por el Organismo, y debera refacturar correctamente los conceptos erróneamente incluidos. De esta forma se cumple con el deber de información, el trato digno y la libertad de elección para el usuario (arts. 4, 8bis, ss y cc Ley N°24.240).

Se observa que la provincia de Buenos Aires, desde la sanción de su marco regulatorio eléctrico contempla esta tutela preventiva al usuario, respetando los preceptos que fueron incluidos en Ley N° 24.240 y en la Constitución Nacional, en orden a la progresividad normativa y la base de protección allí estipulada.

En este marco, se destaca que la falta de pago de cualquier concepto ajeno que fuera autorizado e incluido en la factura, no podrá constituir causal para la interrupción o desconexión del suministro, todo ello en resguardo de los derechos de los usuarios.

Cabe aclarar, para despejar cualquier duda, que dada su vinculación con el servicio público de distribución de energía eléctrica, el consumo por alumbrado público puede ser incorporado en la factura como prestación del servicio de acuerdo a lo regulado por la Ley Provincial 10.740

Sin dejar de considerar que la norma nacional pretende avasallar competencias provinciales propias de esta jurisdicción, corresponde indicar que el régimen provincial contempla expresamente la regulación en los conceptos ajenos, sin que ello vulnere los principios de la Ley

COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

FUTBOL
solo suscriptos

Solo suscriptos

FUTBOL
solo suscriptos

Solo suscriptos

solo suscriptos
FUTBOL.
Se completó la novena fecha de la Unión Regional Deportiva

24 de mayo de 2026

Policiales
solo suscriptos

Solo suscriptos

Policiales
solo suscriptos

Solo suscriptos

solo suscriptos
Policiales.
Dos policías heridos tras el vuelco de un patrullero

24 de mayo de 2026

FUTBOL
solo suscriptos

Solo suscriptos

Belgrano es el campeón del futbol argentino

24 de mayo de 2026 17:05

Belgrano se consagró por primera vez, tras ganarle 3 a 2 a River en la final.

FUTBOL
solo suscriptos

Solo suscriptos

FUTBOL
solo suscriptos

Solo suscriptos

solo suscriptos
FUTBOL.
Dura derrota de Santamarina en el arranque de la segunda rueda

24 de mayo de 2026

Policiales
solo suscriptos

Solo suscriptos

Policiales
solo suscriptos

Solo suscriptos

solo suscriptos
Policiales.
Detuvieron a una banda internacional tras el robo en la casa de Del Potro en Tandil

24 de mayo de 2026

Subscribite para recibir todas nuestras novedades

data fiscal  © 2026 | El Diario de Tandil | Sarmiento 291