19 de julio de 2016
La Cámara Federal de La Plata habilitó este lunes la feria
judicial para analizar los recursos presentados por el Gobierno contra los
fallos que suspendieron los aumentos en las tarifas de gas a nivel nacional y
de luz en el ámbito del conurbano bonaerense.
Fuentes de la causa informaron a Télam que la medida fue
adoptada por "las especiales características de la causa en función de la
materia debatida y sus efectos", de acuerdo al fallo firmado por los camaristas
de feria César Álvarez, Roberto Lemos Arias y Julio Reboredo.
En el fallo, los magistrados hicieron lugar a la
presentación del gobierno nacional, que solicitó habilitar el período de receso
invernal, que comenzó hoy, para analizar si corresponde admitir o denegar el
recurso extraordinario del Ministerio de Energía para que el tema lo dirima la
Corte Suprema de Justicia.
Los camaristas entendieron en su escrito que "en los
motivos alegados por el presentante y las especiales características de la
causa en función de la materia debatida y sus efectos, se consideran presentes
las circunstancias de excepción, las que hacen admisible la habilitación de la
feria judicial a los efectos solicitados".
Con ello, se acorta en 10 días hábiles el plazo con el que
contaba la Cámara para resolver si concedía el recurso extraordinario, ya que
en lugar de empezar a correr el lunes 1 de agosto cuando se reanuda la
actividad judicial, el período comenzará a correr a partir de este lunes.
Fuentes judiciales estimaron que el pronunciamiento de la
Cámara -bajo su conformación de feria- podría llegar a conocerse entre el
jueves o viernes de la próxima semana.
En caso de resolver favorablemente el pedido del Gobierno de
elevar el caso para su tratamiento por la Corte Suprema, también comenzará a
correr el nuevo esquema tarifario que pone un tope máximo de aumento de 400%
por ciento en el caso del gas para usuarios residenciales y del 500 por ciento
para comercios y pymes, respecto a igual período del año pasado.
La Sala II de la Cámara Federal había declarado la nulidad
del aumento del gas, en el caso de una presentación del Centro de Estudios para
la Promoción de la Igualdad y Solidaridad (Cepis), por lo cual afectaba a todo
el país.
En el caso de la electricidad, se trataba de una medida
cautelar que suspendía el aumento de la tarifa sólo en la provincia de Buenos
Aires y por el término de tres meses.
La semana pasada, la Cámara Federal había rechazado un
pedido del Estado nacional para que se suspendan las resoluciones que prohibían
los aumentos por la sola interposición del recurso de apelación.
La Cámara se abocó al criterio de que sólo la concesión del
recurso extraordinario suspende la sentencia hasta que haya un pronunciamiento
firme, en este caso el de la Corte Suprema de Justicia.
El 7 de julio último, la Cámara platense integrada por los
jueces César Álvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin declararon nulas las
resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía "por no haber sido precedidas de
audiencias públicas" y ordenaron retrotraer la situación a la fecha previa a
puesta en práctica de esas medidas.
Además, consideraron que corresponde ordenar al Estado
nacional que convoque a una Audiencia Pública a fin de garantizar los derechos
de usuarios del servicio público de gas natural y, de esta forma, posibilitar
la participación ciudadana.
Ese mismo día, la misma Cámara también hizo lugar a una
medida cautelar que suspendió por tres meses la instrumentación de los aumentos
en la tarifa de luz en las áreas operadas por las empresas Edenor y Edesur.
Así hizo lugar a una presentación efectuada por los
diputados del Frente para la Victoria, Walter Abarca y Evangelina Ramírez, y la
Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.
La causa llegó a la Cámara luego que la medida cautelar
presentada por los diputados del Frente para la Victoria fue rechazada por el
juez de primera instancia, Adolfo Ziulu.
En la presentación los legisladores habían pedido que se suspenda el aumento en la tarifa eléctrica debido a que no se realizó una audiencia pública para definir el nuevo cuadro tarifario.
(TELAM)
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Solo suscriptos
Solo suscriptos
10 de agosto de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
10 de agosto de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
10 de agosto de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
9 de agosto de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
8 de agosto de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
8 de agosto de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
8 de agosto de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
8 de agosto de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
8 de agosto de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
8 de agosto de 2025