4 de julio de 2020
ZONA DE INTERÉS
AMBIENTAL SÍ, CONSTRUCCIONES EN VILLA DEL LAGO NO
La Ordenanza de declaración de utilidad pública de terrenos
de Villa del Lago, aprobada en el concejo deliberante:
1-Establece una Zona Especial de Interés Ambiental en los terrenos de Villa del Lago,
pertenecientes a la Chacra 150,excepto la fracción III.
2-Declara de utilidad pública una parte de los terrenos.
3-Para los que no son declarados de utilidad pública, unos
70 lotes, establece indicadores
urbanísticos, es decir, les permiten construir.
Esto implica que va a aumentar la construcción en Villa del
Lago
Si de acuerdo a un relevamiento municipal sólo 16 casas están construidas legalmente, ¿por qué
no declarar de utilidad pública el resto de los terrenos?
Por las mismas razones que se declara de utilidad pública no
es razonable dar indicadores para construir a los terrenos no construidos.
Además, negociar con ocupantes o con quienes están en situación irregular, abre la puerta a
especulaciones y avivadas. Las necesidades de acceso a la vivienda deben ser resueltas con otras herramientas,
en los lugares adecuados de la ciudad.
Por todo ello consideramos:
-Es necesario incluir la fracción III y el cerro en su
conjunto en la Zona especial de Interés
ambiental, ya que tiene las mismas condiciones que el resto. Esto no implica
cambio de propiedad sino de regulación de uso.
- Declarar de utilidad pública todas las parcelas no
construidas legalmente
- Recordemos, salvo
las 16 mencionadas, no hay planos aprobados y el municipio pudo y puede además
de hacer esta ordenanza establecer que
son no construibles de acuerdo a ley 8912 art 101.
-Los 16 que construyeron antes lo hicieron sabiendo que es
un lugar sin posibilidades de servicios por lo tanto no sería justo que el
municipio gaste en llevar allí servicios carísimos que todavía no fueron
completados en las zonas que si son apropiadas para la construcción.
- Es necesario que los temas tan sensibles para la ciudad,
exista información previa y participación a la comunidad
SÍ AL RECONOCIMIENTO DEL CERRO Y VILLA DEL LAGO COMO ZONA
ESPECIAL DE INTERÉS AMBIENTAL
NO A LA URBANIZACIÓN DE VILLA DEL LAGO. AUTORIZAR 70 LOTES CONSTRUIBLES NO ES DETENER
LA CONSTRUCCIÓN SINO FOMENTARLA
Asamblea Ciudadana en Defensa de las Sierras de Tandil
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