4 de julio de 2020
Se conoció el
viernes que bibliotecas y ferias de artesanos podrán volver a la actividad en
los próximos días.
En cuanto a
ferias, se trata de las del ámbito municipal: Mercado Artesanal del Lago del
Fuerte, Plaza Independencia, Movediza y Mercado de Pulgas. La apertura sería a
partir del 9, aprovechando el feriado.
El decreto
expresa que:
Artículo 1º: Autorícese
desde el 9 de julio de 2020, y hasta
el dictado de un nuevo acto administrativo, la reanudación del funcionamiento
de las actividades feriales dependientes de la Subsecretaría de Cultura y
Educación tanto a cielo abierto como en lugares cerrados.
Artículo 2°: Los
feriantes alcanzados por el artículo anterior deberán utilizar los elementos de
seguridad e higiene destinados a la prevención de contagio de Covid-19 y dar
cumplimiento a los protocolos específicos elaborados por el Sistema Integrado
de Salud Pública Ente Descentralizado que como Anexos I y II forman parte
integral de la presente norma. Asimismo, se agrega como Anexo III la
declaración jurada referenciada por ambos protocolos.
Artículo 3º: La
autoridad de aplicación de este Decreto será la Subsecretaría de Cultura y
Educación en colaboración con la Dirección General de Inspección y
Habilitaciones, quedando facultada dicha Subsecretaría a establecer los días y
horarios de funcionamiento de la referida actividad.
Artículo 4º: El
incumplimiento de lo establecido en este Decreto dará lugar a la aplicación de
las consecuencias previstas por el marco normativo respectivo.
Por otro lado, también
vuelven las bibliotecas, desde el lunes 6. En este caso, el decreto informa lo
siguiente:
Artículo 1º: Autorícese a partir del día 6 de julio de
2020, de lunes a viernes en el horario de 10 a 18 hs., la apertura de
bibliotecas, para el retiro y devolución de libros.
Artículo 2°: Para la realización de las actividades mencionadas en el
artículo anterior deberá darse cumplimiento a las recomendaciones realizadas
por el Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, como así
también a los protocolos específicos presentados ante este Departamento Ejecutivo.
Artículo 3º: La autoridad de aplicación del presente acto administrativo
será la Dirección de Educación.
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