25 de abril de 2020
El municipio de nuestra ciudad recibió la respuesta de
Provincia en cuanto poder avanzar con más excepciones dentro de la cuarentena.
Desde el lunes 27 de abril, se ampliará la lista de actividades que podrán
volver a trabajar. En las próximas horas, el intendente Lunghi estará firmando
el decreto para estas habilitaciones.
Con la firma del Jefe de Gabinete de la Provincia de Buenos
Aires, Carlos Bianco, se informó al Municipio que "en el marco de las
actuaciones de referencia, mediante las cuales tramita la intervención y
control que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto N°262/2020 y la Resolución
N°114/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, debe
perfeccionarse de manera previa al dictado del acto administrativo de ese
Departamento Ejecutivo Municipal, que habilite el desarrollo de las actividades
listadas en la Decisión Administrativa N° 524/2020 del Jefe de Gabinete de
Ministros de la Nación".
En tal sentido, la petición analizada tiene por objeto,
habilitar el desarrollo de las siguientes actividades:
1.- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza
de servicios e impuestos.
2.- Atención médica y odontológica programada, de carácter
preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
3.- Laboratorios de análisis clínicos y centros de
diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
4.- Línea blanca y Sanitarios
5.- Peluquería
6.- Estudios Profesionales
7.- Actividades comerciales varias
"Al respecto, de acuerdo a lo establecido por el
Decreto 262/2020 y la Resolución N° 114/2020, habiendo analizado la
documentación presentada, se informa que, respecto de los puntos 1 a 3, la
petición es adecuada y puede procederse al dictado del acto administrativo que
habilite el inicio del desarrollo de las actividades y servicios
correspondientes.
Asimismo, con relación a las actividades enumeradas en los
puntos 4 a 7 de la presente, se informa que los protocolos serán remitidos al
Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de
Buenos Aires para su evaluación y seguimiento, conforme el procedimiento
establecido en el artículo 6° de la Resolución N° 114/2020 de este Ministerio y
la Decisión Administrativa N° 524/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros de la
Nación".
"Por último, en el desarrollo de las actividades y
servicios autorizados, debe tenerse presente lo dispuesto en la Resolución N°
135/2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, mediante la
cual se establece la obligación de los empleadores de confeccionar e
implementar un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo, en el marco de la
emergencia sanitaria producida por la propagación del COVID-19, de conformidad
con las especificidades que requiera la actividad desarrollada y/o las tareas
prestadas por las trabajadoras y los trabajadores en cada uno de los
establecimientos del empleador y/o lugares de trabajo".
El resto de las actividades que fueron solicitadas para una
reapertura controlada, deberán esperar algunos días más.
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