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29 de mayo de 2019
El decreto subraya que "las circunstancias actuales y
la necesaria estabilización de los precios ameritan que la actualización
realizada en el mes de abril de 2019, surta efectos a partir del 1° de julio de
2019, inclusive".
El gobierno oficializó hoy la postergación hasta el 1° de
julio, del incremento en el impuesto a la Transferencia de los Combustibles,
según consta en el decreto 381/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial.
De acuerdo con esa norma, el Presidente de la Nación decretó
que "el incremento en los montos del impuesto establecidos en el primer
párrafo del artículo 4° del Capítulo I del Título III de la Ley N° 23.966,
texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, que resulte de comparar los
valores actualizados al 31 de diciembre de 2018 con los actualizados al 31 de
marzo de 2019, en los términos del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501 del
31 de mayo de 2018, surtirá efectos para los hechos imponibles que se
perfeccionen a partir del 1° de julio de 2019, inclusive.
En los considerandos de la medida, se estableció que
"en el artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501 del 31 de mayo de 2018 se
dispuso que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), actualizará
los montos del impuesto, en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada
año, considerando, en cada caso, la variación del IPC que suministre el INDEC
correspondiente al trimestre calendario que finalice el mes inmediato anterior
al de la actualización que se efectúe".
Al mismo tiempo, el decreto subraya que "las
circunstancias actuales y la necesaria estabilización de los precios ameritan
que la actualización realizada en el mes de abril de 2019, surta efectos a
partir del 1° de julio de 2019, inclusive".
(TELAM)
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