9 de diciembre de 2019

Sociedad

Sociedad. Se elevó un proyecto para declarar de utilidad pública un sector de Villa del Lago

Este lunes autoridades comunales confirmaron que el Ejecutivo Local elevó al Honorable Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para declarar de Utilidad Pública la adquisición de las parcelas, a excepción de las que ya tienen planos y permisos de obra aprobados, originarias de la firma "Tandil Inversora S.A. Comercial, Industrial, Financiera, Inmobiliaria, Minera y Agrícola. Ganadera" en la zona de Villa del Lago.

El Subsecretario de Coordinación, Juan Martín Pissani, detalló que "si bien el Municipio siempre ha realizado tareas preventivas en la zona de Villa del Lago, en el último tiempo se registró una proliferación de instalación de viviendas  y como todos saben, hace un tiempo se firmó un decreto que prohíbe por un plazo de 180 días los permisos de obra en esa zona".

"Pero la intención es avanzar en una solución más permanente para esa zona y esta cuestión, por lo que se inició un expediente administrativo con intervención de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, para que a través de todas las áreas técnicas que tiene se expida sobre la problemática ambiental, de servicios, de seguridad e higiene, situación dominial y demás. Con ese trabajo y en articulación con la Secretaría Legal y Técnica se elaboró un proyecto de ordenanza para declarar de utilidad pública una parte de las parcelas originarias de lo que era la empresa Tandil Inversora, que ya fue elevado al Concejo Deliberante para que tome estado legislativo y lo trate", precisó.

Por su parte el Director de Asuntos Legales, Martín Romano, agregó que "este proyecto no incluye aquellas parcelas que ya tienen premisos de obras presentados y debidamente aprobados por las autoridades técnicas y competentes".

"Lo que hace la declaración de utilidad pública es permitirle al Estado Municipal adquirir el dominio de todas esas parcelas mediante compraventa, permuta, donación, convenio de advenimiento o expropiación y de esa manera evitar nuevas construcciones y proteger la zona", puntualizó.

Además Roberto Guadagna recordó que "hay dos momentos de parcelamiento que son del año 66, 67 y 68. Son más de 250 parcelas de un tamaño impropio para la zona, pero de acuerdo al Decreto ley de Ordenamiento Territorial y uso de suelo, que es del año 1977 y el plan de Desarrollo Territorial, que es una adecuación a esa ley para Tandil".

"La cuestión no es solo la cantidad de parcelas, sino también las condiciones topográficas del lugar y la cuestión ambiental que nos obligan a tener una remirada técnica porque el derecho asiste a Tandil y la ciudadanía pero también al particular propietario, por lo que hay que buscar un punto de equilibrio para ese lugar", añadió.

Asimismo señaló que "en total de lotes, la cantidad de construcciones o planos y permisos es menor, la cuestión es la potencialidad de construcción que tiene esa cantidad de terrenos y eso es lo que se pretende normar".

En ese punto Pissani aclaró que "el proyecto de ordenanza no suspende la vigencia del decreto y los 180 días continúan al igual que los relevamientos que llevamos adelante y de hecho se han infraccionado construcciones que estaban de manera irregular".

A su vez Romano explicó que "el proyecto de ordenanza se fundamenta en la protección medioambiental y recepta un principio que se llama principio de precaución, que está presente en Derecho ambiental desde la constitución desde el año 94. Lo que se trata de proteger es la potencialidad de que los dueños quieran construir a futuro y contemplar el interés público que es la protección de esa zona. Es un proyecto a mediano y largo plazo, por eso a corto plazo sigue vigente el decreto".

"El proyecto declara la utilidad pública, le da al Estado la posibilidad de comprarlo y si no hay acuerdo se puede expropiar, pero siempre previa indemnización integral de la parcela, no se afecta el derecho de propiedad", completó.   

Además de la declaración de utilidad pública, el proyecto de ordenanza exhorta al Departamento Ejecutivo, para que, a través de las áreas competentes se suspendan los permisos de obra nueva y las incorporaciones de obras existentes en las parcelas incluidas, hasta tanto se obtenga el dominio del área en cuestión.

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