20 de marzo de 2023

CAMPO

CAMPO. Se declaró la emergencia agropecuaria por sequía en 64 partidos bonaerenses

El Ministerio de Economía dio por declarada la emergencia y el desastre agropecuario, según en caso, en 64 partidos de la provincia de Buenos Aires en las explotaciones agropecuarias afectadas por la sequía, a través de la resolución 317/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La decisión abarca diferentes períodos entre el 1° de junio de 2022 y el 31 de marzo de 2023, en atención a los decretos provinciales 2105/2022, 121/2023 y 122/203.

En el artículo 1 se da por declarado en estado de emergencia en el partido de Florentino Ameghino desde el 1° de junio hasta el 31 de diciembre de 2022.

En el segundo, se lo da por declarado y prorrogado hasta el 31 de marzo en una serie de municipios, con diferentes fechas de inicio: desde el 1° de junio de 2022 en 9 de Julio; desde el 1° de julio en los de Leandro N. Alem, Castelli, Marcos Paz, 25 de Mayo, las circunscripciones II, III, IV,V, VII, VIII y XII del Partido de Saavedra y las circunscripciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII del Partido de Laprida; desde el 1° de agosto en Guaminí y desde el 1° de septiembre de 2022 en Balcarce y General Belgrano.

Asimismo, desde el 1° de octubre de 2022 rige el plazo para los partidos de General Madariaga, La Plata, Pila, General Las Heras, San Antonio de Areco y Lezama; desde el 1° de noviembre en General Lamadrid, Carlos Tejedor y Pergamino y desde el 1° de diciembre, en los Partidos de Cañuelas, Campana, Las Flores y General Rodríguez, en todos los casos hasta el 31 de marzo próximo.

El artículo 3 de la resolución declara la emergencia y desastre en el primer trimestre de 2023 en los partidos de San Pedro, Rojas, Salto, Ramallo, Junín, Arrecifes, Alberti, Chascomús, Suipacha, Dolores, Lobos, San Vicente, Magdalena, Luján, General Paz, Ayacucho, Bragado, Monte, Maipú, Lincoln, Baradero, Punta Indio, Chivilcoy, General Arenales, Roque Pérez, San Nicolás, San Andrés de Giles, Mercedes, Brandsen, Rauch, Exaltación de la Cruz, Carmen de Areco, General Viamonte, Capitán Sarmiento, General Guido, Chacabuco, Navarro, Colón, Tordillo y en las circunscripciones II, III, IV, X, XI y XII del partido de Tandil.

La declaración del estado de emergencia corresponde cuando al menos el 50% de la producción o capacidad productiva de la explotación se encuentre afectada y en ese caso el titular se beneficiará con la postergación del pago de impuestos nacionales.

Si ese perjuicio supera el 80% de la producción o capacidad productiva, se declara desastre agropecuario y el productor quedará eximido del pago de los tributos correspondientes.

Para ello, tanto los bancos oficiales como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arbitrarán los medios necesarios para que los productores gocen de los beneficios previstos.


FUENTE: LA CAPITAL MDP

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