25 de junio de 2020
El Bloque de Concejales de Integrar, elevó en el Concejo
Deliberante un proyecto "para instituir un régimen de ayuda económica a los
establecimientos educativos de gestión privada del Nivel Inicial que atienden a
los menores desde los 45 días"
Se buscaba "Dirigirse al Ministerio de Educación de
Educación de la Nación para solicitar arbitre los medios pertinentes" para ser
incluidos en el "Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción u otro Plan
de similares características, mientras se encuentre vigente la emergencia
sanitaria por Coronavirus COVID-19 dispuesta por DNU 260/20"
Dicho texto fue tratado en la sesión de este jueves en el
Concejo Deliberante y logró ser
aprobado.
EL PROYECTO:
Sr. Presidente del HCD Tandil
Dr. Juan P.
Frolik
Visto:
La situación
socio-económica suscitada a partir de la Declaración como "Pandemia" del Coronavirus COVID-19 que provocó la
decisión del Estado Nacional de establecer el Aislamiento Social Preventivo
Obligatorio desde el día 20 de marzo del cte. año y,
Considerando:
Que el establecimiento del Aislamiento Social, Preventivo y
Obligatorio en todo el territorio nacional provoca serios perjuicios a diversos
sectores económicos que han visto paralizada sus actividades, no perciben
ingresos y deben afrontar distintas obligaciones que componen su costo fijo.
Que el Estado ha debido implementar mecanismos de ayuda para
paliar las situaciones que se presentan a través de subsidios, diferimientos de
pago de las obligaciones tributarias, pagos complementarios al salario, etc.;
así mediante DNU 332/20 instituyó el
denominado "Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción"
Que un sector afectado y que aún no ha sido beneficiado con
medidas paliativas es el de los denominados "Jardines Maternales" y los
establecimientos de gestión privada del Nivel Inicial que atienden a los niños
desde los 45 días.
Que en la actualidad estos establecimientos han visto
mermada su matrícula habitual en su totalidad -al punto de haber cesado sus
actividades-, ya que los padres atienden a sus criaturas en sus casas al no
poseer permiso para trabajar, o porque los progenitores cuentan con la licencia
dispuesta en el art. 3 de la Resolución 207/20 del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Que ante la incertidumbre respecto de la fecha de
reanudación de las clases la situación en estos centros educacionales se torna
sumamente crítica poniendo en riesgo la continuidad de los mismos y la fuente
laboral de 500 docentes y 2400 alumnos aproximadamente.
Que distintos propietarios y representantes legales de los
establecimientos mencionados se han dirigido a este Cuerpo Deliberativo
solicitando medidas para paliar la situación (Asunto Nº 165/20).
Que la Ley 27064 reconoce a los establecimientos de
referencia como integrantes del sistema pedagógico ubicándolos dentro del Nivel
Inicial y sometiéndolos a la supervisión estatal encomendando al Ministerio de
Educación y a cada una de las autoridades educativas de las distintas
jurisdicciones dicha tarea de contralor.
Que resulta pertinente solicitar al Ministerio de Educación
de la Nación arbitre las medidas tendientes a implementar un régimen de ayuda
económica a los Jardines Maternales y otros establecimientos de Nivel Inicial
de gestión privada -debidamente registrados- que atiendan a la educación de los
menores desde los 45 días mientras dure la emergencia sanitaria por Coronavirus
COVID-19 dispuesta por el Estado Nacional.
Por todo ello los concejales del Bloque Integrar elevan para
su tratamiento el siguiente:
Proyecto de Resolución
Artículo 1°
Dirigirse al ministerio de Educación de Educación de la Nación para solicitar
arbitre los medios pertinentes para instituir un régimen de ayuda económica a
los establecimientos educativos de gestión privada del Nivel Inicial que
atienden a los menores desde los 45 días, incluyéndolos dentro del "Programa de
Asistencia al Trabajo y la Producción" u otro Plan de similares
características, mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria por
Coronavirus COVID-19 dispuesta por DNU 260/20.
Artículo 2°
De forma.
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