15 de junio de 2020

COMUNICADO

COMUNICADO. Red de inquilinos de Tandil: ¿Qué tenés que saber sobre la nueva ley de Alquileres?

La Ley sancionada por el Congreso de la Nación es un cambio sustancial en la relación que teníamos previamente con las inmobiliarias y los propietarios. Somos más de 9 millones de inquilinos e inquilinas en toda la Argentina, y muchos de nosotros estamos en una situación crítica generada por la pandemia.

En Tandil somos 45 mil vecinos y vecinas que alquilamos. Es un gran avance en derechos y nos da mayor estabilidad y resguardo frente a conflictos que puedan surgir. Después de 36 años, tenemos un lugar en donde ampararnos y exigir lo que nos corresponde como inquilinos e inquilinas.

El Congreso empieza a regular una necesidad fundamental, el acceso a la vivienda, que estaba en manos exclusivamente del mercado inmobiliario. Ahora el siguiente paso es pedir al municipal políticas públicas que garanticen el Acceso a la Vivienda por Alquiler.

La nueva Ley introduce cambios en la actualización del valor de los alquileres, el pago de expensas y los desalojos, entre otros puntos, al tiempo que crea el Programa Nacional de Alquiler Social para facilitar el acceso al alquiler a las personas en situación de vulnerabilidad.

Si tenés dudas consultas o tenés algo que denunciar, no dudes en escribirnos a la Red al  (249) 154333430 o al (02923)15421159. Tambien a nuestras redes sociales o enviando un correo electrónico a reddeinquilinxstandil@gmail.com

A CONTINUACIÓN TODO LO QUE TENÉS QUE SABER SOBRE LA NUEVA LEY DE ALQUILERES

Contrato Mínimo de 3 años

Los contratos de alquiler para uso habitacional en Argentina tendrán una duración mínima legal de 3 años. Lo que genera mas estabilidad y ahorro económico a mediano plazo para las y los inquilinos. 

Ajuste de Precios

Sera cada 1 año. En el contrato solo va a figurar el valor del primer mes. Al año se actualiza el valor, NO cada 6 meses. El ajuste se hará en un promedio entre Indice de Precio al Consumidor y Ripte (Salario). Lo informará el Banco Central. Se termina la arbitrariedad. 

Depósito

Sólo se podra pedir 1 mes de depósito. Se devolverá al finalizar el contrato de forma actualizada al valor del último mes. Se busca superar una de las fuentes de conflicto en la relación locativa. Tampoco se podrá pedir pago anticipado de alquiler mayor a 1 mes.

Garantías

Se amplian las alternativas para la presentación de garantías. Se podrá elegir entre: propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, recibos de sueldo, declaración de ingresos, etc.

Registro de los Contratos en AFIP

De ahora en adelante los contratos de alquiler deberán registrarse en AFIP. Si la parte locadora no lo hace, lo puede hacer el o la inquilina.  Se acaba el mercado en negro.

Programa Nacional de Alquiler Social

Se promueve la generación de acciones para facilitar el acceso a la vivienda en alquiler a sectores vulnerables. Estará a cargo del Ministerio de Hábitat.

Medios Alternativos de resolución de conflictos

También se promoverá la generación de mecanismos de mediación gratuitos y de cumplimiento de los derechos de los/as inquilinos/as. Estará a cargo del Ministerio de Justicia y DDHH de la Nación. 

Renovación de Contrato

Con 3 meses de anterioridad a la finalización del contrato el o la inquilina podrá empezar a discutir la continuidad o no del contrato. Se busca terminar con la incertidumbre que vulnera la situación de los inquilinos.

Expensas

No se podrán cobrar expensas extraordinarias al/la inquilino/a.

Resolución Anticipada

Se establecen mecanismo de resolución anticipada del contrato. Con 1 mes de aviso y luego de los 6 primeros meses se deberá abonar 1,5 mes. Con 1 mes de aviso y luego de 1 año de transcurrido, se deberá abonar 1 mes. Con 3 meses de aviso y luego de 6 meses de contrato, no se abonará carga alguna.

Arreglo del Inmueble

La parte propietaria es responsable de los arreglos para la mantención del bien para el uso convenido.

Gravamen sobre el Inmueble

No se podrá cobrar al/la inquilino/a los impuestos que gravan la propiedad.

Frustración del uso del inmueble

Si por razones de fuerza mayor el inquilino/a no puede hacer uso del inmueble que alquila, podrá pedir la rescisión del contrato, o la cesación del pago por el tiempo que no pudo hacer uso del bien.

RED DE INQUILINOS DE TANDIL

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