25 de octubre de 2019
De cara a las elecciones generales presidenciales que
tendrán lugar este domingo 27 de octubre, comenzará a regir la veda electoral.
Esto aplica tanto para los candidatos políticos que se postularon y los
partidos políticos como para el resto de la ciudadanía, con el fin de
garantizar que se lleve a cabo la jornada de la forma más democrática,
transparente y pacífica posible.
¿Cuándo comienza la
veda electoral?
Este viernes 24 a las 8 de la mañana, 48 horas antes de los
comicios. En ese mismo momento termina la campaña electoral, según el artículo
64 bis del Código Nacional Electoral.
¿Qué cosas no se
pueden hacer durante la veda?
Los candidatos políticos no pueden realizar actividades de
campaña ni actos proselitistas, según el apartado 71 del Código Electoral.
A nivel general, no se pueden publicar y difundir
"encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación
del comicio y hasta el cierre del mismo" a las 18 del próximo domingo.
Tampoco se podrán "publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el
resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres
horas después de su cierre".
Además, durante el acto electoral y hasta tres horas después
de su finalización están prohibidos los espectáculos populares al aire libre o
en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones
públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta
pasadas tres horas de ser clausurado.
También está prohibido ofrecer o entregar a los electores
boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las escuelas donde
se vota. Los locales partidarios que se encuentren en un radio de ochenta
metros de las mesas receptoras de votos deberán estar cerrados.
Los electores, además, no podrán portar armas ni usar
banderas, divisas u otros elementos distintivos vinculados a partidos políticos
durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de
finalizada.
Aquellos ciudadanos que no acataran las normas podrían ser denunciados por violación al Código
Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.
¿Se puede tomar
alcohol en la veda?
La veda electoral afecta las ventas de los supermercados, ya
que está prohibida la comercialización de alcohol a partir de las 20 del
sábado, 12 horas antes de la apertura de las mesas. En ese mismo horario, debe
cortarse cualquier tipo de actividad pública y masiva, tal como fiestas o
eventos en boliches. En bares o restaurantes tampoco se puede vender alcohol.
Sin embargo, sí se puede tomar alcohol en domicilios privados.
¿La veda rige también
en las redes sociales?
Dado que el Código se redactó antes de su invención, las
redes sociales no están contempladas en la veda, por lo que no se ven afectadas
por la veda al haber caído en un vacío legal. En las redes pueden realizarse y
difundirse encuestas o hacer publicidad política sin restricciones.
(FUENTE: BAE NEGOCIOS)
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