12 de junio de 2019
La misma responde a la necesidad de preservar el estado de la vía circulatoria que en este momento se está repavimentando y ensanchando y es un acceso a nuestra ciudad; a la vez que constituye un arteria central en el Circuito Turístico de nuestra ciudad.
De esta manera, los concejales D'Alessandro, Nilda Fernandez y Gustavo Ballent proponen prohibir el tránsito de camiones con o sin acoplado, maquinarias y tractores agrícolas y maquinarias especial no agrícola, de acuerdo a la categorización determinada por la Ley 24449 de Tránsito.
EL PROYECTO
Visto:
La obra de repavimentación y ensanche de la Av. Don Bosco de nuestra ciudad y,
Considerando:
Que dicha obra era necesaria, ya que esa arteria constituye una vía central del Circuito Turístico local que requiere condiciones de mantenimiento adecuadas para el tránsito vehicular; a la vez que constituye un acceso a nuestra localidad para todas las personas que provienen de la zona sur.
Que desde el Estado Municipal se debe arbitrar medidas tendientes a mantener transitable las vías dentro de su jurisdicción.
Que, en ese sentido, resulta pertinente restringir el tránsito de vehículos pesados que aceleren el deterioro de la cinta asfáltica; generándole un perjuicio al Municipio atento el costo de reparación, mantenimiento y repavimentación que el mismo significa.
Que la medida propuesta no afecta el derecho de transitar libremente, pues existen otras vías alternativas también asfaltadas en la zona cercana (vg. Ruta Provincial Nº 74).
Que la ley 24449 enuncia una clasificación de los vehículos mencionando -en lo que aquí respecta- a "camiones sin acoplado" (art. 16 inc.c), "camiones articulados o con acoplado" (art. 16 inc.e) "maquinaria no especial" (art. 16 inc.e) "tractores agrícolas y maquinaria especial agrícola" (art. 16 inc.g).
Que en virtud de los dispuesto en el art. 27 inc. 18 de LOM, este HCD resulta competente para adoptar una medida como la aquí dispuesta.
Por todo ello los concejales del Bloque Integrar elevan para su tratamiento el siguiente:
Proyecto de Ordenanza
Artículo 1°: Prohíbase el tránsito vehicular en la Av. Don Bosco entre R. Zarini y Ruta Provincial Nº 74 para las siguientes categorías:
a) "camiones sin acoplado"
b) "camiones articulados o con acoplado"
c) "maquinaria especial no agrícola"
d) "tractores agrícolas y maquinaria especial agrícola"
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, deberá proceder a la señalización vial pertinente.
Artículo 3º: Los gastos que demande la ejecución de la presente Ordenanza serán imputados a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia.
Artículo 4º: De forma
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