13 de marzo de 2020
Durante las primeras horas de la tarde los responsables la
Secretaría de Protección Ciudadana y el Sistema Integrado de Salud Pública, se
reunieron con autoridades policiales y representantes de fiscalía para
coordinar acciones para el control de los casos de violación del asilamiento
obligatorio para personas que ingresaron al país recientemente, procedentes de
zonas de riesgo.
Durante el encuentro se estableció que la Unidad de Policía
de Prevención Local designará un grupo específico de oficiales de policía, que
recibirá una capacitación especial sobre coronavirus a cargo de un equipo de
especialistas del Sistema de Salud. Ellos serán los encargados de verificar
eventuales situaciones de incumplimiento del aislamiento domiciliario
obligatorio. En las situaciones en las que los efectivos comprueben la
violación, con apoyo de la Comisaría que por domicilio corresponda, se hará la
denuncia penal correspondiente de oficio ante la Fiscalía local.
De tal modo, la persona que viole el deber de "aislamiento
domiciliario obligatorio" se verá alcanzada por una causa penal, por la posible
comisión de los delitos previstos en los arts. 202, 203, 205, 239 y
concordantes del Código Penal, que textualmente establecen:
ARTICULO 202. - Será reprimido con reclusión o prisión de
tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para
las personas.
ARTICULO 203. - Cuando alguno de los hechos previstos en los
artículos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en
su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá
multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000); si tuviere
como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de SEIS (6) meses a
CINCO (5) años.
ARTICULO 205. - Será reprimido con prisión de seis meses a
dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes,
para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
ARTICULO 239.- Será reprimido con prisión de quince días a
un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el
ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a
requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.
A tal fin, este viernes el Municipio confirmó que se dispuso
una línea telefónica (249 4607324), para realizar consultas sobre coronavirus o
denunciar casos de incumplimiento del aislamiento. En ese sentido se pidió a la
comunidad hacerlo solamente en casos concretos y fundados. Recibidos estos
reportes, se dará inmediata intervención a la Unidad de Policía de Prevención
Local, a los efectos antes mencionados.
También se aclaró que las medidas de acción van variando día
a día, y que si bien el aislamiento era para todas las personas que habían
ingresado al país a partir del 10 de marzo, se realizó una modificación y
actualmente es obligatorio para quienes lo hicieron desde el 28 de febrero.
Cualquier persona que ingresó al país desde ese día en adelante, debe
permanecer 14 días en su domicilio.
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