23 de mayo de 2019
A partir del aumento de las consultas, que en algunos casos
se trasforman en denuncia, la Oficina Municipal de Información al Consumidor
(OMIC) difundió recomendaciones para las personas que tengan intenciones de
comprar una Vivienda industrializada o prefabricada.
Esta es una alternativa atractiva para la casa propia, en la
cual los costos suelen ser más bajos y los plazos breves, algunas prometen la
entrega en 45 días.
Desde la repartición comunal detallaron que "los
interesados en adquirir este tipo de viviendas deben conocer sus derechos con
respecto a la contratación y algunos consejos para tener en cuenta a la hora de
evaluar costos y beneficios".
Con respecto a la Empresa "Proveedora", es
importante consultar el N° de CUIT, verificar su inscripción en AFIP, que esté
activa y que su actividad sea la que ofrece. También se puede consultar su
situación crediticia en la página oficial del Banco Central de la República
Argentina.
Es recomendable pedir referencias, en la OMIC se puede
consultar si la Empresa ha recibido denuncias o ha sido sancionada. Si la
Empresa tiene un sitio web se pueden ver las opiniones de otros consumidores,
también si tiene una red social.
El comprador tiene derecho de solicitar una copia del
contrato, para pedir asesoramiento a un profesional antes de firmarlo: plazos,
domicilios, jurisdicción en caso de tener inconvenientes.
En cuanto a los pagos a realizar, si se tiene que depositar
es conveniente verificar a nombre de quien está la cuenta bancaria a la cual se
debe trasferir o depositar y donde está ubicada la sucursal del banco a la que
pertenece la cuenta. (Estos datos tienen que coincidir con los de la Empresa).
Siempre es conveniente estipular pagos por avance de obra y
si se paga anticipo que quede bien claro en el contrato todo lo que incluye de
la obra ese pago. La Fecha de inicio de la Obra y el plazo de entrega, son muy
importantes.
Si no se trata de una Empresa local, (en varias ocasiones
son empresas de otras provincias), hay que tener en cuenta los gastos de flete,
suelen ser muy elevados y encarecer en forma considerable el monto del
contrato.
El Decreto 1.798/94, que reglamenta la ley 24.240, dispone
que en caso de venta de viviendas prefabricadas, se facilitara al comprador una
documentación completa suscripta por el vendedor en la que se defina en
"planta a escala" la distribución de los distintos ambientes de la
vivienda, de todas las
instalaciones, detalles y las
características de los materiales empleados. No basta con que se mencione que
serán de primera calidad, lo indicado es que figuren las marcas de los
materiales a utilizar.
Ante cualquier duda o consulta los interesados se pueden
acercar a la Oficina Municipal de Información al consumidor de Tandil,
Chacabuco 383, de lunes a viernes de 8 a 14 hs.
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