23 de octubre de 2020

Sociedad

Sociedad. La Asociación de Abogados criticó al HCD por su decisión ante la Defensoría del Pueblo

EL COMUNICADO

Desde la Asociación de Abogados de Tandil, manifestamos nuestra disconformidad con la reforma que se aprobó por unanimidad, por parte del Honorable Consejo Deliberante de la ciudad de Tandil, que cercena las facultades y atribuciones que posee la Defensoría del Pueblo de Tandil, que tiene como función garantizar y defender los derechos de todas las personas del Partido de Tandil.

La modificación a la Ordenanza Nº 15.971, que crea la Defensoría del Pueblo local y el Decreto Nº 3.449 (de procedimiento de designación y de funcionamiento del organismo), de considerarse necesaria, debe ser el fruto de un exhaustivo y profundo análisis, con la participación necesaria de la sociedad civil representada por las instituciones que fueron parte al momento de su sanción e implementación y nuevas que quieran sumarse.

La figura del Defensor del Pueblo, establecida por el artículo 43 de la Constitución Nacional, fue pensada con la finalidad de la defensa de los derechos colectivos, de crear canales de democracia participativa; además de constituirse en una salvaguarda de los derechos de las y ciudadanas y los ciudadanos contra las arbitrariedades de quienes ejercen la función pública local. 

Consideramos que, una reforma que signifique limitar su atribuciones y facultades de representación de los derechos colectivos de las y los tandilenses, de controlar a los funcionarios públicos, conlleva a pensar que las reformas propuestas no son en beneficio de la ciudadanía sino de algunos pocos, a los cuales hoy les incomoda la existencia misma de la Defensoría.

Por ello, cualquier reforma que se lleve a cabo debe necesariamente constituir una ampliación a la protección de los derechos y de las funciones de control a los funcionarios públicos y no todo lo contrario, como se pretende; más aún en los tiempos que transitamos.

La pregunta es, ¿por qué la necesidad - y el apuro - de la modificación de la Ordenanza y el Decreto a tan solo dos años de su creación - y en el contexto de una pandemia - y sin otorgar participación a las asociaciones y organismos representantes de la sociedad civil de tan importante reforma?. Esta es en definitiva, la pregunta que deben hoy responder los representantes del pueblo de Tandil.


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