11 de marzo de 2022

Política

Política. La Asamblea de Inquilinos elevó el reclamo por la comisión inmobiliaria a Provincia

EL RECLAMO ELEVADO A PROVINCIA:

Tandil, marzo de 2022

Defensora del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires

Delegación Tandil

Dr. Noelia Domeneghini

De nuestra mayor consideración:

Por la presente nos dirigimos a Usted, desde la Asamblea de Inquilinas e Inquilinos de Tandil, para hacerle llegar el reclamo colectivo sobre la aplicación de la ley provincial 14085 de Corredores y Martilleros Públicos,

El cobro de honorarios de los profesionales del sector, llamadas comúnmente "comisiones inmobiliarias", a locatarios de nuestra ciudad se realiza de manera irregular y absolutamente injusta.

La citada Ley en su CAPÍTULO IV - ART. 54 TITULO II, INCISO 6, refiere que: "Arrendamiento en locaciones urbanas o rurales; del 1% al 2% a cargo de cada parte sobre el importe total del contrato, pudiendo asumir una de las partes la totalidad del pago de honorarios".

Está ley estaba vigente para contratos de vivienda en alquiler de 2 años de duración. Con la llamada Ley de Alquileres, el plazo se extendió a 3 años. De todas formas siempre se le cobro a las y los locatarios el 4% sobre el total del contrato. O sea, la parte inquilina pagó siempre su parte, pero también la parte del propietario, de manera claramente injusta.

Actualmente, con los contratos a 3 años de duración, el valor total del contrato no se conoce. El único precio que se establece al firmar el contrato es el del primer año, ya que las actualizaciones del valor del alquiler, durante la vigencia del contrato, se realiza mediante ajustes anuales que establece el Banco Central de la República Argentina.

Aun así, las inmobiliarias le cobran a la parte inquilina el 4% sobre el total del contrato, pero sobre un total a su vez especulado. Esta situación aumentó la parte que las y los inquilinos gastamos en honorarios inmobiliarios al comenzar un contrato, siendo que en realidad es la parte propietario quien contrata los servicios de la inmobiliaria para que le administre o gestione su bien inmueble, en este caso para obtener una renta de alquiler.

Exigimos el cobro del 2% a cargo de cada parte, propietarios e Inquilinos, de los honorarios inmobiliarios. Al mismo tiempo, entendemos necesario la modificación de la la citada Ley, en la legislatura provincial, para actualizarla y hacerla compatible con la nueva Ley de Alquileres (N° 27.551), en la que se establece el plazo de 3 años de duración del contrato de alquiler de vivienda para todo el país.

Este cobro injusto e irregular, de los honorarios inmobiliarios, genera un costo creciente que golpea fuertemente los bolsillos de las y los inquilinos, profundizando la situación de vulnerabilidad en la que nos encontramos actualmente, particularmente a la hora de establecer un nuevo contrato.

Pedimos que por este medio conste y haga llegar el justo reclamo de miles de inquilinas e Inquilinos de la ciudad de Tandil ante ésta situación.

Desde ya saludamos atentamente

Asamblea de Inquilinas e Inquilinos de Tandil

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