31 de enero de 2020
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
reglamentó la moratoria para pymes, monotributistas y autónomos establecida en
la Ley de Solidaridad y Reactivación Económica, a través de la resolución
general 4667/2020 publicada en el Boletín Oficial.
La misma definió que los contribuyentes que tengan deudas
acumuladas hasta fin del año pasado, podrán ingresar al plan entre el 17 de
febrero y el 30 de abril.
Los interesados deberán inscribirse a través del sitio web
de la AFIP, y el aplicativo estará disponible a partir del 17 de febrero
próximo.
La moratoria para pymes lanzada oficialmente ayer contempla
quitas del 42% sobre el monto total de la deuda, y plazos de pago de hasta 120
cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, y de hasta 60 cuotas para
aportes y retenciones.
Además, la moratoria permite refinanciar en plazos de hasta
10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga
un contribuyente, y pagar una única cuota mensual.
(FUENTE: TELAM)
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