1 de septiembre de 2019
El Gobierno dispuso un tope de compra mensual de USD 10 mil para personas físicas, aunque no habrá restricción para la extracción de dólares, según informaron fuentes del Ejecutivo.
Es una medida en sintonía con el Decreto firmado por el presidente de la Nación, Mauricio Macri, que señala que a partir de este lunes la compra de divisas y las transferencias al exterior requerirán autorización del Banco Central.
Para las personas humanas no podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de USD 10.000 por persona por mes, mientras que las personas jurídicas no tendrán reestricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento. Por otra parte, las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
Además, según informaron fuentes oficiales, los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque.
Por otro lado, no habrá feriado bancario y, desde mañana, el horario de atención público se extenderá hasta las 17.
La medida, según trascendió a través de fuentes gubernamentales, busca poner límites en el mercado de cambios para proteger a pequeños y medianos ahorristas.
Desde el Gobierno advirtieron que la medida busca lograr estabilidad cambiaria y proteger al ahorrista. Según informaron ninguna persona estará limitada para extraer dólares de sus cuentas. Ya sean personas físicas o jurídicas. Tampoco habrá impedimentos al comercio exterior y restricciones sobre viajes.
El DNU que se publicó este domingo en una edición especial del Boletín Oficial explica: "Ante los recientes acontecimientos económico-financieros desencadenados, de público conocimiento, y la incertidumbre generada en el marco del proceso eleccionario en curso, es necesario adoptar medidas transitorias y urgentes para regular con mayor intensidad el régimen de cambios".
En el texto, además, se aclara que dada la naturaleza de las medidas adoptadas, se faculta al BCRA para establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones que busquen eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en la medida.
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