9 de mayo de 2019
La modificación, entre otras
cosas, establece que las facturas "deberán
detallar la información necesaria y suficiente que permita constatar al usuario
en forma unívoca el valor de las magnitudes físicas consumidas, el período al
cual corresponde, los precios unitarios aplicados y las cargas impositivas".
De igual modo, el artículo mencionado estipula que "no podrá incluirse ni
acompañarse en las facturas ni distribuirse junto a ellas, publicidad de ningún
tipo".
El proyecto obtuvo la aprobación de la Cámara baja y fue girado al
Senado para continuar tratamiento.
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