10 de agosto de 2023

ORDENANZA

ORDENANZA. Deudores Alimentarios no podrán realizar actos administrativos en el Municipio

La nueva ordenanza para requerir el Certificado de Libre Deuda emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires para los actos administrativos en el Municipio de Tandil, fue votada y aprobada durante la sesión del Concejo Deliberante de Tandil.

El proyecto genera un avance en los procesos de igualdad y de acuerdo a lo expuesto por Guadalupe Gárriz, concejal del Frente de Todos: "Pone principal atención en el elevado porcentaje de incumplimiento que existe hoy ante las obligaciones alimentarias, exponiendo en situación de riesgo a las partes más indefensas de las redes familiares. La nueva norma que involucra directamente a los deudores alimentarios, no hace más que continuar visibilizando una acción que se inscribe como una forma de violencia económica y que lamentablemente es una constante que por supuesto, debe dejar de serlo. Hay que tener en cuenta que el 98.9 % de los deudores son varones". 

El proyecto presentado por el bloque del Frente de Todos fue trabajado tanto en la Comisión de Género que preside Gárriz, como en la Comisión de Interpretación y Asuntos Legales. En esta línea, la edil aseguró que "estamos logrando dar un paso más en pos de contrarrestar los procesos de desigualdad ponderando los derechos de los niños y niñas, para garantizar la mejor calidad de vida posible. El estado debe poner todo su esfuerzo para ser garante del desarrollo pleno de las niñeces. Se trabajó mucho y muy bien en ambas comisiones, sumando aportes y señalamientos que nos permitieron llegar al consenso necesario para tener la norma aprobada en el día de hoy. A raíz de esta nueva ordenanza, el municipio exigirá en todas sus dependencias y para todo tipo de trámite, el requisito de no ser un deudor alimentario".

Cabe destacar que la Ley Provincial N° 13074, de Registro de Deudores Alimentarios, a la cual el Municipio de Tandil se adhirió a través de la Ordenanza N°15592, toma a ambos progenitores como responsables de la alimentación de sus hijas e hijos, aunque la realidad marca que muchas mujeres maternan en soledad, asumiendo el cuidado personal de los mismos, a la vez que garantizan en forma exclusiva el costo económico de sus crianzas. Es por esto que la nueva ordenanza aprobada esta mañana, exigirá a toda persona física y jurídica, el certificado de libre deuda de cuota alimentaria, como recaudo excluyente para la ejecución de varios trámites en la Municipalidad.

Entre los trámites para los que se requerirá el Certificado de Libre Deuda se destacan: la solicitud de habilitación comercial y/o industrial; la solicitud y otorgamiento de concesión y/o presentación a licitaciones; la solicitud de obtención de licencia de conducir y/o renovación; la inscripción como proveedor municipal y/o de ente descentralizado; las contrataciones de todo tipo con el Estado Municipal; el acceso a créditos y/o Préstamos municipales; y el acceso a programas de tierra y/o vivienda. También se exigirá para toda distinción que realice el Honorable Concejo Deliberante.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos recepta la Protección integral de las niñeces y adolescencias, conforme lo dispuesto en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, aprobada por la Ley 23.849; en la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos del NNyA y en la Ley Provincial 13298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño. De esta manera, el estado municipal va a garantizar el efectivo cumplimento de esta herramienta.


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