6 de abril de 2022

Política

Política. Concejales del PRO cuestionan al Ejecutivo por su actuación frente a los "ruidos molestos"

Los concejales del bloque PRO MID, Juan Manazzoni, Juana Echezarreta y Natalia Chacón, presentaron el pasado viernes un Pedido de Informes para que el Gobierno Municipal exponga sobre su actuación frente a una problemática que se ha vuelto más complicada en la ciudad.

"Cada vez más vecinos manifiestan su queja por los ruidos, por las motos con escape libre y los autos con parlantes con música a todo volumen", manifestó Manazzoni, presidente del bloque que conforma con las ediles Echezarreta y Chacón, y que este viernes hizo la presentación en el Concejo Deliberante.

"Todo esto genera molestias para vivir, puede provocar problemas en la salud y altera la convivencia entre los vecinos".

"La ley provincial 13.927, y las leyes nacionales de Tránsito 24.449, y de Tránsito y Seguridad Vial 26.363 declaran al ámbito municipal como autoridades de aplicación y comprobación".

Para finalizar, agregó, "en 2003 se sancionó la Ordenanza 8867, que refiere a ruidos molestos y vibraciones: es necesario saber cómo se está aplicando esa ordenanza, cómo se reglamentó y qué resultados está dando, porque los vecinos se quejan y no encuentran solución. Lo mismo, cuántos y qué tipo de reclamos se reciben en este sentido".

EL PEDIDO DE INFORMES:

La Ordenanza N° 8867 del año 2003 que hace referencia a "ruidos molestos y vibraciones" y el Proyecto de Ordenanza N°161/2017 presentado el 14 de marzo de 2017 y que se encuentra aún en Comisión de Transporte para su tratamiento.

CONSIDERANDO:

?             Que las molestias provocadas por el exceso de ruido en determinados sectores de la ciudad es uno de los males más comunes que actualmente perjudican la convivencia y por cuanto la vida diaria se puede convertir en insoportable si persisten en el tiempo estas actividades ruidosas y molestas.

?             Que la existencia del ruido puede provocar en los ciudadanos problemas graves en su salud, siendo causa de lesiones psíquicas con importantes secuelas que pueden perdurar en el tiempo.

?             Que la Ordenanza N°8867 define "Ruidos Molestos" y "Vibraciones" y prohíbe producir, causar o estimular ruidos molestos y vibraciones en lugares públicos o privados, cualesquiera sean sus orígenes.

?             Que según surge de la búsqueda en el sitio Gobierno Abierto de la ciudad de Tandil no se encuentra el Decreto reglamentario de dicha Ordenanza.

?             Que en los últimos tiempos han aumentado las quejas y denuncias por las motocicletas con escapes liberados y autos con parlantes con música a todo volumen, alterando la convivencia vecinal.

?             Que la citada Ordenanza establece que la autoridad de aplicación deberá notificar al titular de la fuente generadora de ruidos molestos o vibración, y a tal fin, debe intimar a la implementación de medidas correctivas tendientes a eliminar el origen del ruido.

?             Que surge la duda sobre si la mencionada Ordenanza es útil para dar solución al tema de los ruidos causados por escapes liberados y automóviles con parlantes no verificados.

?             Que la legislación para dar soluciones a la problemática de los ruidos causados por escapes liberados y automóviles con parlantes no verificados, resulta insuficiente, ya que la Ordenanza N° 8867 no hace referencia alguna a este tipo de problema, y es necesaria una legislación específica sobre el tema.

?             Que es necesario resaltar que hace 5 (cinco) años se encuentra en Comisión de Transporte para su tratamiento un Proyecto de Ordenanza que procura dar solución al problema.

?             Que de acuerdo a lo establecido por las Leyes 13.927, 24.449, 26.363, concordantes y modificatorias, resulta autoridad competente y de aplicación en lo referente a la prevención y control de tránsito la autoridad municipal.

?             Que el Artículo 72, 72 bis Ley 24.449 y modificatoria 26.363, Artículo 37 y 38 de la Ley 13.927 confiere la potestad a la autoridad de aplicación de retener el vehículo, licencia o persona, en aquellos casos que se encuentre en peligro la seguridad de las personas y bienes, taxativamente determinados en la norma.

Por todo ello, los concejales del Bloque PRO presentan el siguiente:

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

ARTÍCULO 1º.- El Concejo Deliberante vería con agrado que al Departamento Ejecutivo Municipal INFORME a este Cuerpo acerca de los siguientes requerimientos:

?             Decreto reglamentario de la Ordenanza N° 8867.

?             Accionar y procedimientos ante casos de ruidos causados por escapes liberados y automóviles con parlantes no verificados.

?             Denuncias recibidas por ruidos molestos en las diferentes áreas y canales de reclamos municipales, desde el 1º de enero de 2021 a la fecha.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese.

 

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