30 de agosto de 2022
Los doctores Leonel Calles y Ezequiel Belauzarán, integrantes de AMAFUTAN (Asociación de Magistrados y Funcionarios de Tandil), integrarán el panel del conversatorio "Salud Mental: alcances y limitaciones", a realizarse el viernes próximo a las 17.30, en el Colegio de Escribanos, sito en Rodríguez 453.
Dentro de los ejes que se plantearán, el rol de los efectores judiciales en el ámbito de la aplicación de la Ley Nacional de Salud Mental será uno de los temas a debatir: la importancia del diálogo interdisciplinar en el diagnóstico, el panorama local y la tarea que llevan a cabo las defensorías.
¿Qué rol cumple la Justicia en el ámbito de la aplicación de la Ley de Salud Mental?
"El rol que posee la Justicia por virtud de la Ley Nacional de Salud Mental es el de intervenir con facultades para fiscalizar y controlar la internación de personas con padecimientos mentales, siendo incluidas quienes padecen consumo problemático de sustancias y alcohol.
La intervención entre las instituciones y la Justicia es la de constante información y relevamiento de las personas que de modo involuntario -es decir que no cuentan con conciencia para decidir- son internadas y evolucionan en su dolencia rumbo a una pronta mejoría y alta. Los órganos que intervienen en estos procesos son el Juzgado de Familia, la Defensoría Oficial y la Asesoría de Menores e Incapaces cuando la persona posee una sentencia que lo ha declarado con una discapacidad", consigna Belauzarán, asesor de Menores e Incapaces.
Leonel Calles: creo que el ámbito de la aplicación es uno de los ejes centrales de este debate. La Justicia debe controlar e informar a los órganos intervinientes cuando detecta un problema de salud mental en algunos de los intervinientes en el proceso penal, es decir, toda vez se detecta una vulneración a los derechos a la salud. Desde esa óptica, el tema de las adicciones, abusos y consumo de sustancias ocupa un lugar decisivo y desde la Defensoría, promovemos toda acción que combata la criminalización de este tipo de padecimientos.
¿Sigue siendo tema de debate cuál es el mejor tratamiento y quién debe imponerlo?
Leonel Calles: hay quienes sostienen que el juez penal debe intervenir cuando detecta una vulneración del derecho a la salud. Debe intervenir, no hay dudas; el tema es cómo: si poniendo en conocimiento del servicio local o zonal de ese problema o librando una medida desde la sede penal.
Desde la Defensoría, consideramos que el juez penal o cualquiera de los efectores del fuero penal juvenil deben dar conocimiento a los servicios locales y zonales de los casos de consumo, abuso o adicción que tome conocimiento. No es el fuero penal quien deba tomar medidas y para ello contamos con un nuevo paradigma esgrimido en la nueva Ley Penal Juvenil: separar los casos asistenciales de los casos penales para no retroceder al patrón criminalizador con los jóvenes que atraviesan estos padecimientos.
Ezequiel Belauzarán: sin dudas, el mejor tratamiento lo impone el médico y no la intervención del juez. No cabe forzar a la Justicia a imponerlo, en tanto es el sistema de salud quien debe asumir el cuidado, seguimiento y tratamiento de una persona con padecimiento mental o consumo. Solo en aquellos casos donde la persona es peligrosa para la comunidad o para sí es donde interviene la Justicia para forzar la atención médica o un tratamiento, sin distinción de edades ni del ámbito que tenga la corresponsabilidad de intervenir, sea penal o civil.
PANORAMA LOCAL
"En Tandil, el modo en que se procede ante la comisión de cualquier delito, es investigar si el joven imputado es responsable o no del delito. Se le practican pericias psicológicas y asistenciales y, si se detecta algún problema de vulneración de derechos como la salud, se comunica al servicio local mediante oficio, a los fines de que intervenga", sostiene Calles, quien se desempeña como defensor oficial del fuero de Responsabilidad Juvenil.
¿Hay diversas posturas al respecto?
Leonel Calles: sigue siendo una cuestión en permanente discusión. Hay quienes, desde sede penal, insisten en tomar las medidas de internación involuntaria. La ley no es clara en este respecto porque dice "autoridad competente". En nuestra jurisdicción, procuramos que se libre oficio al servicio local intentando que tome conocimiento del tema y actúe en consecuencia. No queremos que un problema de salud se torne una cuestión penal, hemos recibido muchas críticas, pero consideramos que es lo que hay que hacer. Me parece que ése es el nudo del conversatorio, desde la perspectiva que vamos a plantear nuestra participación: siempre se quiere volver a las viejas posturas, ante hechos puntuales que la Ley no contempla. No son los órganos penales quienes deben conminar a un joven a realizar un tratamiento. En ese aspecto y en el debate en torno a las internaciones voluntarias creo que se ha abierto una grieta sin rápida solución a la vista.
Creo que la Ley no es mala: es mejorable en muchos aspectos de su implementación. Pero también creo que la solución no es volver al sistema anterior, sino trabajar en mejoras dentro de la legislación vigente.
Completarán el panel del conversatorio Luciano Grasso (vicepresidente del SISP-Sistema Integrado de Salud Público) y Angel Orbea (vicepresidente del Colegio de Psicólogos Distrito VIII).
La propuesta es organizada por AMAFUTAN y Sindicato de Prensa de Tandil y Azul; cuenta con los auspicios de la Asociación de Abogados de Tandil, FATPREN (Federación Argentina de Trabajadores de Prensa), Cultura UNICEN y Colegio de Psicólogos Distrito VIII.
El conversatorio es abierto a toda la comunidad y la entrada será libre y gratuita.
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