14 de abril de 2020
¿Cuáles son los
beneficios?
Postergación de pago o reducción de hasta el 95% de las
contribuciones patronales
Se amplía el plazo para pago de las contribuciones
patronales.
Se reduce hasta el 95% el pago de las contribuciones
patronales de abril de 2020.
Este beneficio aplica únicamente para empleadores con no más
de 60 empleados en relación de dependencia registrados al 29 de febrero de
2020. Quienes cuenten con más de 60 empleados y deseen acceder a este
beneficio, deberán tramitar el Procedimiento preventivo de crisis de empresas
ante el Ministerio de trabajo.
Asignación
compensatoria al salario: este beneficio está dirigido a las empresas que
tengan hasta 100 trabajadores.
El monto se
determinará de la siguiente forma:
Para los empleadores de hasta 25 trabajadores: se pagará el
100% del valor de 1 Salario Mínimo Vital y Móvil vigente por empleado
Para los empleadores de 26 a 60 trabajadores: se pagará
hasta un 75% del Salario Mínimo Vital y Móvil por empleado.
Para los empleadores de 61 a 100 trabajadores: se pagará
hasta un 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil por empleado
La asignación compensatoria se considerará a cuenta del pago
de las remuneraciones del personal afectado, por lo que los empleadores deberán
abonar el saldo restante hasta completarlas.
Al solicitar el beneficio el empleador deberá retener la
parte correspondiente a los aportes al SIPA, obra social y el aporte al INSSJP.
En caso que el empleador suspenda la prestación laboral, el
monto de la asignación se reducirá en 25% y podrá ser considerada como parte de
la prestación no remunerativa.
REPRO Asistencia por emergencia sanitaria: para empresas con
más de 100 trabajadores.
Está dirigido a las empresas que no reciban el beneficio de
asignación compensatoria, siempre que cumplan con los requisitos y no se
encuentren excluidos.
El monto será de un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000
por trabajador.
¿Cómo acceder al
Programa ATP?
Los empleadores deben ingresar a la página de AFIP con clave
fiscal, nivel de seguridad 3 o superior, al servicio "Programa de Asistencia de
Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP".
Entre el 13 y el 15 de abril se podrá realizar la
inscripción y el organismo podrá solicitar documentación faltante o mayor
información, en caso de que sea necesario. Antes del 13 de abril, las empresas
podrán realizar una preinscripción que les permitirá tomar conocimiento acerca
de si aplicaron a la postergación de las contribuciones patronales del mes de
marzo.
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