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26 de agosto de 2021
El Concejo Deliberante realizó un agregado a la ordenanza que exime del pago de la tasa retributiva de servicios y la de servicios sanitarios a quienes cobren entre una y dos jubilaciones mínimas.
Hasta ahora, el régimen alcanzaba a inmuebles que fueran considerados lugar de habitación del grupo familiar, siempre que no tuvieran más de una propiedad.
Tras la modificatoria -votada por unanimidad- se agrega el caso de "otro inmueble dentro del mismo complejo habitacional, subdividido por el régimen de propiedad horizontal, destinado a cochera o baulera". En estos supuestos, dichos inmuebles también se considerarán exentos del pago del tributo municipal.
La iniciativa se concretó tras un pedido de la Asociación Mayores en Lucha (AMALU).
La presidente de la comisión de Economía y Presupuesto, María Haydee Condino, recordó que el beneficio es aplicable a las personas que cobran hasta dos jubilaciones mínimas, con una única propiedad destinada a vivienda, además de la baulera o cochera agregada en la modificación.
La edil del oficialismo, concluyó con que "el descuento puede ser entre el 50% y el 100%, según las pautas establecidas, y siempre para los casos en que los contribuyentes lo soliciten expresamente".
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