7 de marzo de 2018

DENUNCIA POR CORRUPCIÓN

DENUNCIA POR CORRUPCIÓN. Tras la denuncia de Stolbizer, Peredo y LABCOM se defienden

Como se contó ayer, la dirigente opositora Margarita Stolbizer presentó una denuncia penal por una consultora de comunicación que pertenecería a tres funcionarios del Gobierno y que, según investigó la dirigente, no cuenta con empleados ni registra gastos por los servicios prestados al Estado. De acuerdo con la denuncia, la consultora viene ganando licitaciones en el gobierno nacional y en el porteño.

Ante esto, desde la consultora confirmaron que "la denuncia realizada tiene una serie de errores y de malos entendidos que llevan a que perjudiquen la reputación y el buen nombre de los socios, como también la continuidad de LABCOM como consultora de servicios de comunicación". 

Con un descargo escrito, explicaron:

Sobre los socios

1) Luciano Elizalde en relación con el CONICET. Luciano Elizalde está en relación de dependencia con la Universidad Austral (ACES) desde 1993. Cobra su sueldo y su pre-paga, como la de su familia, de esta institución desde 1993. En 1996 obtuvo una beca de Iniciación (1996-1997) en el CONICET y luego una de Perfeccionamiento (1998-1999), únicos momentos que cobra regularmente algo del CONICET. En 2000 obtiene una Beca Postdoctoral y desde ese momento, al ser mayor el monto del sueldo de la UA que el monto de la beca del CONICET, deja de tener derecho a cobrar el sueldo correspondiente y cobra el de la UA. En 2004 entra a la Carrera de Investigador, con sede en la UA, y desde ese momento a la actualidad, no recibe sueldo de investigador al ser mayor el sueldo de la UA. 

2) Luciano Elizalde como docente e investigador en temas de comunicación. El trabajo de consultoría es el resultado de la especialización realizada por Elizalde desde hace veinte años en la Universidad Austral como profesor de posgrado y como director de la Maestría en Gestión de la Comunicación en las Organizaciones (MGCO). La prueba de esta especialización se puede ver en la producción bibliográfica en todos estos años: Los jóvenes y sus relaciones cotidianas con los medios (Universidad Austral, 1999), Las estrategias de la crisis (La Crujía, 2003); Comunicación de masas y espacio público en Habermas (Universidad Austral, 2004); La gestión del consenso (La Crujía, 2006); Gestión de la comunicación pública (Editorial Bosch, 2009); (con Ricardo Crespo), "Comunicación y función retórica en la teoría de Raúl Prebisch" (Unión Edi¬to¬rial, Madrid, 2010), Familia y entorno mediático (Roma, UDUSC, 2011), La gestión del disenso (La Crujía, 2011); Comunicación gubernamental 360 (La Crujía, 2013). Ma¬ne¬jan¬do el disenso. Estrategias, tácticas y modelos de gestión (Editorial Parmenia-La Crujía, 2017). En estos momentos dirige la Colección Ágora de la Editorial La Crujía. 

3) Luciano Elizalde en relación con el campo en Salta. La compra del campo en Salta se realizó en 2006 y fue un negocio de inversión familiar realizado con su padre y sus hermanos. No tenía, no tuvo, ni tiene relación directa con el Presidente Macri. El Presidente no conoce a nadie de la familia porque, directamente, no existe relación con ellos. ELIZALDE ES AJENO a la compra de Mauricio Macri. No lo conoce y es sujeto pasivo de la situación. No le vendió él ni se enteró ni tuvo forma de hacerlo de la compra. 

4) Juan Pablo Peredo como director de Nación Fideicomiso. La OA encontró que la función de Director era compatible con su cargo de socio gerente de LABCOM S.A. Realizó en su momento la presentación a la Oficina Anticorrupción y ésta produjo un dictamen a favor de la falta de incompatibilidad. Por otro lado, en ningún momento, LABCOM S.A. prestó servicios de consultoría en Nación Fideicomiso. Tercero, Peredo nunca obtuvo honorarios por la realización de consultoría a las entidades estatales con las que se trabajaba. 

5) Alejandro Luciano Alonso en relación con el Ministerio de Justicia. Alonso vendió sus acciones el 5 de enero de 2016, antes de entrar a cumplir funciones al Ministerio de Justicia y antes de que LABCOM iniciara el contrato de consultoría con el MMOD. 

Sobre LABCOM como consultora de servicios de comunicación

LABCOM SA es una consultora creada en 2012 como resultado de la amistad que surge entre Elizalde, Peredo y Alonso. Alonso había sido alumno en la Universidad Austral de Elizalde, y en 2010, trabajando en CODERE, lo llevó a realizar una consultoría en la empresa. Así se conocen Elizalde y Peredo. De la relación de trabajo en la Dirección de Relaciones Institucionales, luego de que Peredo y Alonso dejan la compañía, deciden crear LABCOM SA para realizar consultoría en comunicación tanto empresaria como política. 

1. Forma de contratación de LABCOM S.A. Como consultora, LABCOM trabaja por proyecto y contrata personal especializado que factura en el formato de Monotributista. Ante cada proyecto, se realiza un diseño de equipo especial, y con esta estructura ad hoc se avanza en la realización del proyecto. 

2. Clientes de LABCOM S.A. LABCOM tiene clientes a organismos estatales pero también a empresas privadas. Algunas de las empresas privadas que trabajaron o trabajan con LABCOM son: 

· Cablevisión SA, 

· Caledonia Argentina Compañía de Seguros, 

· FAAAR (Federación Argentina de Asociaciones de Anestesia, Analgesia y Reanimación), 

· Fideicomiso para el Empoderamiento Económico de la Mujer, 

· Minera Argentina Gold SRL, 

· Telecom SA

3. LABCOM tenía ingresos de éstos y de otros clientes por su trabajo de consultoría desde 2012 hasta el año 2016. 

4. El decreto 1023/2001 que cita la denuncia, ciertamente regula la ley 25188 como bien dice la denunciante. Sin embargo, como se ve más abajo, el art.13 EXCLUYE A LOS FUNCIONARIOS QUE NO TENGAN PARTICIPACION FUNCIONAL DONDE SE PRESTA EL SERVICIO. Ergo, no se puede aplicar el dec1023 en el caso donde la ley (mayor rango en la pirámide jurídica) no se aplica. El decreto 10/2017 NO ESTABA VIGENTE al momento de la contratación.  

5. Ley 22460 que cita la denuncia.  La ley prohíbe el trabajo de consultoría de funcionarios públicos, pero solamente con respecto a la entidad donde presten servicios (competencia funcional). NO ES EL CASO. Jamás LABCOM fue contratada donde los titulares presten servicios. ART.8 CITADO POR LA DENUNCIANTE Los consultores, las firmas consultoras, sus socios y los profesionales intervinientes en contratos de servicios de consultoría, no deberán tener relación de dependencia con ninguna de las entidades mencionadas en el Artículo 1, ni tampoco estar vinculadas directa o indirectamente con las empresas que financien, ejecuten, provean o sean destinatarias del objeto del servicio.

6. Ley 25.188  que cita la denuncia no tiene en cuenta lo que dice el artículo 13 de la misma ley. "Es incompatible con el ejercicio de la función pública: a) dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades;"

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