24 de octubre de 2015

Sociedad

Sociedad. Todo lo que debes saber sobre las elecciones

Votantes. Los mayores de 18 años -o que cumplan hasta el 25 de octubre- deben concurrir en forma obligatoria a las urnas. Mientras que es optativo para los adolescentes a partir de los 16 años, que pueden depositar su voto si cumplen hasta el 25 de octubre. También se consideran votantes optativos a las personas mayores de 70 años. Ausentes. Los cuidadanos que estén en condiciones de votar y no lo hagan deberán abonar -según la ley- una multa de entre 50 y 500 pesos, no podrán realizar trámites públicos por un año ni ocupar cargos estatales. Tales penas serán aplicadas siempre y cuando no se presenten justificativos, en un plazo de 60 días, ante la Justicia Nacional. Quedarán exentos de las sanciones quienes comprueben que estaban enfermos o imposibilitados, que se encontraban a a más de 500 km del lugar del sufragio o que cumpla funciones públicas durante la votación. Documentos. Los votantes pueden concurrir a sufragar con los siguientes documentos: libreta de enrolamiento, libreta cívica, DNI (verde), DNI (celeste), DNI tarjeta y el nuevo DNI. Si bien el DNI tarjeta posee una leyenda que dice "no válido para votar", el mismo podrá utilizarse. Voto válido. El voto será válido siempre que haya un corte de boleta oficializada por categoría; cuando, a pesar de que la papeleta tenga tachaduras de candidatos agregados o sustituciones, su encabezado se encuentre intacto; en tanto, en el caso de que en un sobre aparezcan más boletas oficializadas de la misma lista y categoría de cargo, se computará un solo voto. En tanto, se computará un voto en blanco cuando el sobre esté vacío o contenga un trozo de papel de cualquier color, pero sin ningún tipo de inscripción; mientras que si en el sobre falta un cuerpo de boleta de una categoría determinada, se considerará voto en blanco para esa categoría. Escrutinio. La apertura de urnas para el escrutinio no podrá comenzar nunca antes de las 18, aun cuando hubiera votado la totalidad de los electores del padrón de esa mesa, y las autoridades deberán esperar que sufraguen todas las personas que ingresaron al establecimiento asignado para la votación antes de la hora de cierre. El recuento de votos lo realizará el presidente de mesa, auxiliado por el vocal o suplente, con vigilancia en el acceso y con la presencia de los fiscales acreditados, apoderados y candidatos que lo soliciten, quien volcará los datos de la elección en una planilla. Luego, la Junta Electoral sumará los resultados de las mesas siguiendo las cifras consignadas en las actas, a las que se adicionan los votos recurridos y los de identidad impugnada, siempre que sean calificados como válidos. Cualquier consulta puede realizarse por los siguientes medios:  Tel: 0800 222 2684 Mail: elecciones@poderciudadano.org Whastapp y celular: 1151207656
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