8 de enero de 2018
Para ello se deberá completar los datos de la opción
"Turnos" en la web de la Afip para solicitar un turno sin Clave Fiscal y,
alternativamente, se lo podrá pedir en el "Portal del Ciudadano" disponible en
el mismo sitio, con acceso mediante Clave Fiscal.
Asimismo, los turnos solicitados se podrán consultar,
modificar y eliminar a través de la web.
La nómina de trámites que requieran la obtención previa de
un turno web, con su cronograma de aplicación, será publicada en el el apartado
de "Gestión de Atención Institucional" del sitio de la AFIP y en otros medios
alternativos de difusión, indicó la resolución general 4188-E publicada hoy en
el Boletín Oficial.
En una primera etapa, la utilización del sistema de turnos
web será de aplicación obligatoria únicamente para los trámites de obtención o
blanqueo de la Clave Fiscal.
La AFIP destacó que "en virtud de la satisfactoria
experiencia y buenos resultados en otros organismos públicos de este método de
atención, resulta oportuno establecer su uso obligatorio para la gestión de
determinados trámites en las dependencias del organismo".
Las disposiciones de la resolución tendrán vigencia desde el
próximo lunes 15.
(AGENHOY)
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