22 de mayo de 2018

Opinión

Opinión. Repudio a las decisiones judiciales que benefician al genocida Julio Méndez

No queremos convivir con la inmoralidad, ni con una sociedad carente de ética y guiada por una perspectiva pragmática que sólo atiende a sus resultados inmediatos y convenientes. Es por ello que nos permitimos expresar algunas ideas respecto los permisos otorgados al genocida Julio Méndez, y que han sido de público conocimiento.

Entendemos que hay medidas judiciales que derivan en acciones concretas (como es el caso que nos ocupa) que se encuentran dentro de la ley y no fuera de ella, y por lo tanto se enmarcan dentro de la lógica de la moral. Sin embrago,  resultan profundamente adversas a la perspectiva de los derechos humanos, a la perspectiva de la ética.  Cuando se avala el libre transitar (hacia un destino médico, pero sin custodia y en transporte público) de un genocida por los circuitos de la ciudad, o peor de una ciudad a otra, en el marco del cumplimiento del beneficio de prisión domiciliaria, estando justificado desde el punto de vista legal, se incumple éticamente con la sociedad que ha repudiado su accionar horroroso. Y es aquí donde la balanza de la justicia no es justa, y se escapa la gran dimensión que implica la reconstrucción del tejido social, debilitándolo una vez más con medidas deliberadas.

Hablamos de crímenes de lesa humanidad, no de delitos comunes, hablamos de plan sistemático, de vejaciones y perversiones que se desplegaron a lo largo y a lo ancho de nuestra patria y de extremo a extremo de  los cuerpos de quienes fueron sus víctimas. No hablamos de azar, ni de un desquiciado oportunista. Supimos de la sistematicidad de las prácticas de secuestro, tortura y exterminio  y también del funcionamiento perfectamente orgánico que permitía el fluir siniestro sostenido, a su vez, por personas concretas, particulares. Lo supimos y se probó en la Justicia. Méndez formó parte. Es pasado y es actualidad. En el año 2012 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal -con asiento en Mar del Plata- encontró debidamente probado que la quinta que se encuentra en el paraje los laureles (Av. Juan Manuel de Rosas y Scavini) de nuestra ciudad era propiedad durante la dictadura de los hermanos Julio y Emilio Méndez; personas económica, social y políticamente activas de la ciudad, con fluidos contactos con las autoridades militares. También se acreditó en la sentencia que los hermanos Méndez prestaron su quinta a sabiendas de que la misma iba a ser utilizada como Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio, tal como ocurrió con el destino de Carlos Alberto Moreno. Por este motivo, entendiendo que fueron partícipes necesarios de estos hechos, recibieron sus respectivas condenas: Julio Méndez, 11 años de prisión, y  Emilio Méndez, 15 años de prisión. Mucho tiempo se esperó para la realización del Juicio y su condena. Pasaron años de impunidad para poder llegar a la verdad de lo acontecido. Y, sin embargo, al poco tiempo (a los 2 años aproximadamente), tanto Julio como Emilio recibieron los beneficios de prisión domiciliaria.

Los delitos por los que fueron juzgados se enmarcan en lo que denominamos lesa humanidad, son delitos que no prescriben, cuyo impacto en el tejido social no cesa.

Saberlos condenados mejora las condiciones de la vida democrática porque introduce elementos de distinción en una sociedad en donde no todo forma parte de lo mismo, recuperando de este modo nuestra dignidad y generando condiciones para el retorno de la esperanza y cierta expectativa del porvenir.

Saberlos recibiendo beneficios, y encontrarlos en la vía pública como cuando no habían sido juzgados, tiene un impacto ominoso pocas veces visto y de una significación contraria a la enunciada más arriba. Encontrarlos en la vía pública nos habla de una justicia desbalanceada, débil, que no es capaz de ponerse en la piel de  las víctimas, ni qué decir de aquellas personas que tendrán que declarar en juicios próximos y describir minuciosamente el horror padecido con la posibilidad real de seguir cruzándose a sus victimarios por la ciudad. Es, en el sentido arriba mencionado, un gesto profundamente antiético de la justicia.

Creemos que nuestras acciones puedan lograr algún tipo de transformación de una realidad que detestamos. Aspiramos a que la condena que ejercemos diariamente en el ámbito privado o en las organizaciones de DDHH vinculadas a este tema, trascienda a lo público y contribuya a la distinción de lo éticamente inaceptable.

Lo aquí expuesto asciende a la categoría de lo urgente y profundamente atendible en la medida en que este tipo de acciones "legales" producen una situación de vulnerabilidad y debilidad a la que quedan expuestas las víctimas, arrojadas a la reaparición de la más variada sintomatología: pesadillas recurrentes, irritabilidad, ataques de ira, hiperexcitabilidad, hipervigilancia, ansiedad generalizada, ataques de pánico, angustia, por citar algunas de las más frecuentes.

El beneficio otorgado a Julio Méndez de viajar a otra ciudad en una empresa de transporte público, sin custodia, por motivos de salud, constituye una medida que nos hace retroceder como sociedad.     

Por las víctimas, y por la sociedad toda, manifestamos nuestro más contundente repudio.   

 

 

Equipo de Acompañamiento a víctimas, testigos y querellantes en juicios de lesa humanidad de Tandil .

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