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25 de enero de 2018
Los plásticos no solicitados generan un costo anual o
mensual, que el consumidor no está obligado a pagar, si no fue él quien lo
solicito. La ley 24240 prohíbe la realización de una propuesta que no haya sido
requerida y que genere un cargo, aseguran.
"Muchas veces los bancos no dudan en vulnerar los
derechos de los consumidores y usuarios, y abusan de la buena fe de los
ciudadanos. Se amparan en el desconocimiento que tiene la gran mayoría sobre
las leyes que los protegen", agregaron desde el área comunal y detallaron
los pasos habituales en este tipo de acciones.
Generalmente desde el banco se reciben llamadas diciendo que
el ciudadano fue beneficiado con tarjetas de crédito que no fueron solicitadas,
agregando que no existe costo alguno y ofreciendo bonificaciones y beneficios
por ser el elegido.
No obstante, con el paso de los meses comienzan a llegar a
los hogares los resúmenes de cuenta con una deuda compuesta solo por cargos y
gastos administrativos propios del banco. Otras veces los cargos llegan luego
de un año, al ser necesaria la renovación de lo que se denomina
"plásticos".
María Paz Rigotti, asesora Jurídica de la OMIC, explicó que
en los casos de tarjetas de crédito no requeridas y que generan un costo
mensual con cargos ilegítimos, el consumidor no está obligado a pagarlos, ya
que eso configura una práctica ilegal y abusiva, prohibida por la ley citada.
"Según aclara, este contrato de Tarjeta de Crédito se
perfecciona con la firma de la solicitud de tarjeta entre el emisor y el
titular. En ese momento se emite la respectiva tarjeta y el titular la recibe
de conformidad, con una aceptación expresa".
Además el emisor debe entregarle al consumidor una copia del
contrato en la que consten los derechos y obligaciones de las partes.
Agrega además que otro punto importante es que todo costo,
gasto o cargo derivado del uso de la tarjeta de crédito debe preverse en el
contrato de emisión de la misma, de lo contrario se puede realizar el reclamo
pertinente, solicitando el reembolso de los cargos no pactados
convencionalmente.
Por su parte la directora de Relaciones con la Comunidad de
la Secretaria Legal y Técnica del Municipio, Zulma Ferreyra, explicó que
"en caso de recibir una tarjeta de crédito no requerida, que le genera la
obligación de pago sin haber sido utilizada, se debe efectuar el reclamo
pertinente en la entidad emisora".
El procedimiento incluye una intimación "al cese de la
conducta abusiva, bajo apercibimiento de hacer la denuncia ante la OMIC y el
Banco Central de la República Argentina. Pues, voluntariamente no consintió
ningún vínculo contractual".
La funcionaria agregó que "en caso de no haber
solicitado la tarjeta, pero si al consumidor le interesa conservarla, se
recomienda presentarse en el banco o financiera y solicitar la firma del
correspondiente contrato con una copia del mismo".
Finalmente recordó que todo reclamo o solicitud de
asesoramiento que se presente ante la OMIC es totalmente gratuito y personal;
debiendo concurrir de lunes a viernes en el horario de 8 a 14 horas a Chacabuco
383.
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