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22 de septiembre de 2017
22/09/2017
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP),
anunció que se prorrogó hasta el 5 de octubre próximo el plazo para que los
monotributistas se recategoricen, cuyo vencimiento estaba previsto para hoy.
El titular del organismo, Alberto Abad, dijo que hasta ayer
concretaron el trámite 1.261.000 monotributistas sobre un total estimado de 3,2
millones, de los cuales 835.000 mantuvieron la categoría y 426.000 la cambiaron
por su nivel de facturación.
También se encuentran comprendidos los motributistas
sociales, que tiene por objetivo facilitar y promover la incorporación a la
economía formal de aquellas personas en situación de vulnerabilidad.
Con el nuevo plazo, luego del 5 de octubre la AFIP
recategorizará de oficio a los contribuyentes inscriptos en los que observe
inconsistencias entre la facturación declarada y el límite de la categoría a la
que pertenecen o entre lo facturado y el nivel de gastos del contribuyente.
Los contribuyentes que deben reconfirmar la categoría
tendrán plazos escalonados para hacerlo.
El titular de la AFIP recordó que en el portal Monotributo,
en el servicio Mi categoría- Recategorización, se encuentran los datos que el
organismo conoce sobre ingresos y gastos de los contribuyentes, bajo el título
"Esto es lo que sabemos de vos."
Incluye facturas electrónicas realizadas y recibidas, cuotas
de monotributo pagadas y gastos con tarjeta de débito y crédito, en el período
septiembre 2016/agosto 2017.
El portal Monotributo cuanta también con los datos de la
categoría de la última declaración, y las opciones para confirmar o no la
categoría, o si el contribuyente rechaza recategorizarse.
Los consumos que resulten de las facturas por compras y los
gastos con tarjeta serán tenidos en cuenta por la AFIP para establecer el nivel
real de ingresos, sumándole 20%, a los prestadores de servicio y 30% a los que
venden bienes.
Si esa cifra supera la facturación de la categoría, la AFIP
recategorizará al monotributista en lugar superior de la escala o para
excluirlo del Régimen Simplificado.
Cualquiera de estas dos decisiones será publicada el 1 de
octubre en el Boletín Oficial, pero también notificada electrónicamente.
(AGENHOY)
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