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3 de agosto de 2016
03/08/2016
Según el fallo, la medida alcanza a "todas las
distribuidoras del país" y fue adoptado en función de los
"exorbitantes y desproporcionados", aumentos verificados en las
boletas de electricidad y ante la falta de una audiencia pública.
Los recursos de amparo fueron deducidos por el Centro de
Estudios para la Promoción de la Igualdad (Cepis) y la Asociación de
Consumidores Argentinos.
La magistrada dispuso en su fallo que queden sin efecto las
resoluciones nro. 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la
Nación y 1/2016 del ENRE., y ordenó a la Compañía Administradora del Mercado
Mayorista Eléctrico (CAMMESA) "que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro
tarifario aprobado por la primera de las resoluciones citadas, respecto de
todas las distribuidoras del país hasta tanto se realice la correspondiente
audiencia pública".
Se suma a una decisión de la Cámara Federal de La Plata que
hace casi un mes suspendió por 90 días la instrumentación de los aumentos en la
tarifa de luz en las áreas operadas por las empresas Edenor y Edesur.
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