18 de enero de 2018

COMUNICADO

COMUNICADO. La Oficina Municipal de Información al Consumidor le responde a ASUSCOTA

La Oficina Municipal de Información al Consumidor funciona desde el año 2004 en la órbita de la Secretaría Legal y Técnica del Municipio bajo la dependencia de la Dirección de Relaciones con la Comunidad, junto a otras áreas de la misma, tales como Mediación, Bien de Familia, Escrituraciones Sociales, Personas Jurídicas, y actúa en el marco de las competencias otorgadas por la Ley Provincial 13.133.

Se cita por parte del abogado de la Asociación que formula la denuncia el artículo 45 de la mencionada Ley expresando que el mismo regula que "La iniciación del sumario por denuncia, podrá formularse por escrito o verbalmente." Omite el abogado transcribir el texto que continúa el citado artículo que expresamente establece que "En ambos casos se acompañarán las pruebas y se dejará constancia de los datos de identidad y el domicilio real. En el formulario que al efecto se cumplimentará se hará saber al denunciante de las penalidades previstas por el artículo 48º de la Ley 24.240, para el caso de denuncias maliciosas."

La existencia del formulario no es un capricho de ningún funcionario sino una exigencia de la Ley. Tiene por finalidad notificar fehacientemente al denunciante lo prescripto por el art. 48 de la Ley 24.240. Lejos de ser una cuestión burocrática, éste formulario está confeccionado de tal manera que sea fácil de completar por cualquier ciudadano. Luego si el denunciante prefiere presentar escrito por separado, no tiene más que mencionarlo en el formulario en el cuadro correspondiente a los hechos o manifestarlo verbalmente ante el funcionario adjuntando el escrito. Pero el formulario debe completarse y firmarse SI o SI.

El trámite es personal y gratuito, en caso que el consumidor o usuario necesite nombrar a algún apoderado, podrá  en el mismo formulario provisto por la Oficina, autorizar a otra persona a actuar en su nombre y representación firmando a tal fin en presencia de la Autoridad Municipal o con Poder ante escribano.

En el caso particular que nos ocupa y tal como surge de la propia acta labrada por el Escribano contratado por el abogado  difundida por los medios, surge claramente que en la OMIC Tandil se entregó el formulario tipo a fin de cumplimentar los requisitos exigidos por la Ley.

           Para mayor información dirigirse a la Oficina sita en Chacabuco 383.

               María Paz Rigotti                                                    Lic. Zulma Ferreyra

               Asesora Jurídica                                                     Directora de Relaciones con la Comunidad 

               OMIC                                                                      Secretaría Legal y Técnica

                                                                                               Municipalidad de Tandil     



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