5 de noviembre de 2014

Sociedad

Sociedad. La combi del choque no estaba autorizada para salir fuera del Partido

Oscar Méndez, no tendría los papeles en orden para poder moverse más allá de la geografía de nuestro territorio. Con lo cual, de confirmarse la información, habría al menos tres responsables del hecho que causó la muerte de Claudia Roxana Turchi Petovello: el propietario de la empresa de transporte, el chofer – César Patricio Gorozo, de 26 años, quien, dicen, se durmió al volante-, y hasta quizá colateralmente el guía Oscar Méndez, si es que su organización rentó el minubus. Como se recordará, el coordinador del viaje resultó también herido con un severo traumatismo en el ojo, y en el accidente salvó su vida la secretaria privada del jefe comunal, Delia Gauna, como así también el resto del contingente de vecinos que viajaba hacia Sierra de la Ventana. El trágico accidente de tránsito se produjo en la Ruta Nacional 3 a la altura del kilómetro 436, a unos 20 kilómetros de Gonzales Chaves. Ocurrió cuando una combi de la empresa Turismo Parque Bus de Tandil -dominio ECU 695- colisionó contra un colectivo Río Paraná, y como consecuencia de las gravísimas heridas recibidas, a las pocas horas dejó de existir la tandilense Turchi Petovello. Según los primeros testimonios, el chofer de la combi que se dirigía a Sierra de la Ventana se habría quedado dormido, instante en que chocó contra el micro Río Paraná que conducido por Luis Antonio Bruno. Ambos choferes resultaron ilesos de la colisión. Según trascendió, Turismo Parque Bus Tandil estaba autorizado para fletar viajes dentro del Partido, pero no tenía la habilitación provincial que se requiere para desplazarse fuera de nuestras fronteras. En cuanto a Méndez, de dilatada y responsable trayectoria como organizador de actividades recreativas, su situación quedará sujeta a conocer si fue su organización la que rentó el minubus. En la antevíspera, el área de Habilitaciones del Municipio de Tandil envió a los medios un comunicado resaltando los requisitos y recomendaciones para la contratación del servicio de transporte privado de pasajeros, donde se explicó que “desde esa repartición comunal se detalló que existen tres tipos de habilitaciones otorgadas por los diferentes niveles del estado. La habilitación municipal como Transporte Privado de Personas (T. P. P.), que es necesaria para prestar servicio de excursión o traslado dentro del Partido de Tandil; la habilitación Provincial como Servicio Especializado de Excursión, obligatoria para los servicios que unen alguna localidad del Partido de Tandil con otra localidad de la Provincia de Buenos Aires, excepto la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o áreas de jurisdicción nacional, como por ejemplo un Aeropuerto Internacional o zonas de puertos; y la habilitación Nacional otorgada por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (C. N. R. T.), que es obligatoria para servicios que unen localidades de distintas provincias o para servicios que unen cualquier localidad con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o con áreas de jurisdicción nacional. Por otro lado la reglamentación vigente en la materia establece que todos los servicios de excursión que se presten con un microómnibus deben realizar el ascenso y descenso de pasajeros en la terminal de ómnibus, que es el lugar que cumple con los requisitos necesarios para ascenso, descenso y espera por parte de los pasajeros. Este punto de inicio-finalización de los servicios especiales es otorgado por el Municipio de Tandil y tiene carácter obligatorio quedando exceptuados los servicios que se presten en combis.  Esta reglamentación no contempla la espera, ascenso y descenso en estaciones de servicio, plazas, entre otras”.
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