8 de enero de 2018
Se deberá completar los datos de la opción
"Turnos" en la web de la AFIP para solicitar un turno sin Clave
Fiscal y, alternativamente, se lo podrá pedir en el "Portal del Ciudadano"
disponible en el mismo sitio, con acceso mediante Clave Fiscal. Asimismo, los
turnos solicitados se podrán consultar, modificar y eliminar a través de la
web.
La nómina de trámites que requieran la obtención previa de
un turno web, con su cronograma de aplicación, será publicada en el el apartado
de "Gestión de Atención Institucional" del sitio de la AFIP y en otros medios
alternativos de difusión, indicó la resolución general 4188-E publicada este
lunes en el Boletín Oficial.
En una primera etapa, la utilización del sistema de turnos
web será de aplicación obligatoria únicamente para los trámites de obtención o
blanqueo de la Clave Fiscal. La dependencia a cargo de Alberto Abad indicó en
los considerandos de la norma que "el objetivo permanente de la AFIP es
optimizar la relación fisco-contribuyente mediante el perfeccionamiento de los
servicios que brinda".
(TELAM)
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