30 de mayo de 2018
por
El Chacarero
El Ministerio de Agroindustria, a través de la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, oficializó este lunes la
obligación de que, hacia fin de año, todos los molinos harineros del país
tengan un Control Electrónico de Molienda de Trigo (Cemt).
La medida busca, como principal objetivo,
combatir la evasión en esta actividad, y replica el modelo que ya se está
implementando en los frigoríficos bovinos y porcinos, con los controles
electrónicos de faena.
"Establécese la obligatoriedad de los
establecimientos de molienda de trigo de instalar y mantener en perfecta
operatividad al menos un sistema Cemt, conectado al elemento de Control de
Peso, el que estará ubicado previo al ingreso para la primera roturación del
trigo o en el previo paso al mismo en diagramas de tipo neumático, y/o en los
cuales por sus características técnicas no permitan hacerlo al ingreso directo
de la primera roturación", señala la resolución 84/2018 publicada en el Boletín
Oficial.
Cómo
son
Según consta en el texto normativo, estos
controladores de molienda son "un equipamiento electrónico con funciones para
registrar fecha, peso, hora de pesada, fecha al momento de la parada del
diagrama, peso acumulado al momento de la parada del diagrama, hora de la
parada del diagrama, sistema de control de consumo eléctrico en banco de
primera, sistema de control de consumo eléctrico en banco de segunda rotura,
imagen del banco de primera rotura, imagen del banco de segunda rotura, imagen
del diagrama de molienda y alarma de desconexión por manipuleo".
La resolución obliga a que estos dispositivos
sólo puedan tener un error de hasta el uno por ciento de varianza de flujo de
molienda, y que los molinos sólo podrán adquirirlos de un listado de
proveedores previamente visado y aprobado por la Dirección Nacional de Control
Comercial Agropecuario.
Una vez que ese listado sea publicado, los
establecimientos harineros tendrán un plazo de hasta 90 días para instalar su
Cmet.
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Solo suscriptos
Solo suscriptos
4 de octubre de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
4 de octubre de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
4 de octubre de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
3 de octubre de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
3 de octubre de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
3 de octubre de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
3 de octubre de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
2 de octubre de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
2 de octubre de 2025
Solo suscriptos
Solo suscriptos
2 de octubre de 2025