14 de abril de 2020
Representantes de
cámaras empresarias y pymes locales mantuvieron una reunión por
videoconferencia funcionarios de AFIP y ANSES para conocer los alcances del
programa de asistencia de emergencia que impulsa el Estado Nacional y que cuya
primera etapa de inscripción concluye mañana miércoles. Le pidieron a las
cámaras empresarias que ayuden a la difusión de la información para que la
mayor cantidad de socios conozcan las herramientas que el Estado Nacional pone
a su disposición.
En la mañana de hoy representantes de las cámaras
empresarias que reúnen la actividad productiva local se reunieron por
videoconferencia con el presidente del bloque de concejales del Frente de
Todos, Rogelio Iparraguirre y los
responsables de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Tandil
y Mar del Plata y de Regional de ANSES, organismos a través de los cuáles los
empleadores deberán suministrar la documentación requerida para acceder a los
beneficios que incluyen el pago de salarios de los trabajadores, la
postergación y/o eximición del pago de contribuciones patronales y la extensión
del seguro de desempleo.
De la videoconferencia participaron Fabián Oyarbide, Presidente del Consorcio Parque Industrial Tandil;
Marcos Redolatti, Presidente de la
Cámara Empresaria Tandil; Gustavo
Dacovich, Presidente de la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa; Omar Farah, Secretario Gral. de la
Asociación Pequeña y Mediana Empresa; Darío
Méndez, Jefe de la Regional Bonaerense 1 de ANSES; Oscar Apesteguía, Jefe de la Agencia AFIP Tandil y la Cdra. Estela Sarassa, titular de la regional
de AFIP Mar del Plata.
El Programa de
Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción fue creado por Decreto
de Necesidad y Urgencia 332/2020 el pasado 1º de abril y está destinado a
empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria. Desde ayer
lunes 13 y hasta mañana miércoles, los empleadores deberán suministrar la
documentación requerida para acceder a los beneficios a través de la página web
de la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La operativización de la documentación
para esas ayudas fiscales se realizará a través de la AFIP y la liquidación de
ciertas prestaciones, como la ampliación de las prestaciones por
desempleo, se realizará a través de la
estructura de la Administración Nacional de
la Seguridad Social (ANSES)
En ese sentido Iparraguirre resaltó que le pidieron a las
cámaras que traten de hacerle llegar a la gran mayoría de sus asociados esta
información "Sabemos que es una ayuda muy
importante para los sectores de la producción y el trabajo y que los tiempos de
esta primera etapa son cortos. Por eso le pedimos a todos los empresarios pymes
de la ciudad que ingresen en la página de AFIP para iniciar los trámites que
les permitan acceder a esta batería de beneficios" e indicó que "el programa tiene por objeto asistir a los
empleadores cuyas actividades se vean afectadas en manera crítica tanto por
cuestiones sanitarias vinculadas al Covid-19 como también a quienes acrediten
una reducción sustancial en sus ventas desde el 20 de marzo de 2020"
"El gobierno nacional
puso a disposición de esos sectores la tramitación de uno o más beneficios,
entre los que se encuentra la postergación o reducción de hasta el 95% del pago
de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino;
una Asignación Compensatoria al Salario; el REPRO Asistencia por la Emergencia
Sanitaria y el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo" enumeró el
edil.
Respecto de postergación o reducción de las
contribuciones patronales, será para empleadores cuyo número total de
trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia, al 29 de febrero de 2020,
no supere la cantidad de 60. Quienes superen esa cantidad deberán promover el
Procedimiento Preventivo de Crisis. La AFIP establecerá vencimientos especiales
para el pago de las contribuciones patronales no realizadas durante los meses
de marzo y abril y brindará facilidades de pago.
"En relación a la Asignación Compensatoria al Salario (ASC) se trata de una suma no
remunerativa abonada por el Estado Nacional para todos los trabajadores y
trabajadoras en relación de dependencia del sector privado y es a cuenta del
pago de las remuneraciones del personal afectado. Para el caso de empleadores
que tienen hasta 25 trabajadores se les brindará el equivalente a un Salario
Mínimo Vital y Móvil vigente completo; para los empleadores de 26 a 60
trabajadores el 75% del Salario Mínimo Vital y Móvil y para los empleadores de
61 a 100 trabajadores hasta un 50%" indicó Iparraguirre.
"En el caso la
empresas con más de 100 trabajadores deberán recurrir al REPRO de Asistencia por la Emergencia Sanitaria, que es una suma no
remunerativa que tiene un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000 y es abonada
por el Estado para los trabajadores en relación de dependencia del sector
privado que se encuentran comprendidos en el régimen de negociación colectiva
en los términos de la Ley 14.250" sostuvo el edil.
Finalmente destacó que en esa batería de medidas también se
encuentra el aumento al Sistema Integral de Prestaciones por
Desempleo que se elevó a un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000.
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