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28 de diciembre de 2017
28/12/2017
"La declaración de Bien de familia sobre una vivienda
es una manera de protegerla, por eso desde que comenzamos la gestión iniciamos
este trabajo desde la Secretaría Legal y Técnica, como uno de los servicios
gratuitos para todos los vecinos. Esto que hoy se llevan es un resguardo para
algo tan preciado por ustedes como son sus casas", agregó el Intendente.
Además de las familias beneficiadas, estuvieron presentes el
secretario Legal y Técnico, Andrés Curcio, la directora de Relaciones con la
Comunidad, Zulma Ferreira y la encargada de la Oficina de Bien de Familia,
Paula Palavecino.
Desde esa área recordaron que la figura de "Bien de
Familia" se otorga a los inmuebles que no excedan las necesidades de
sustento y vivienda del grupo que las habita, incluyéndolas en un registro
inmobiliario especial. También aclararon que esas propiedades pueden estar
atravesando por un trámite de hipoteca.
Los inmuebles declarados como Bien de Familia cuentan con un
mayor resguardo jurídico, debido a que no son susceptibles de ejecuciones o
embargos por deudas posteriores a su inscripción, como tampoco responden ante
quiebras o concursos.
El Municipio, en labor conjunta con el Estado de la
provincia de Buenos Aires, lleva adelante los trámites como parte de los
servicios que se ofrecen a la comunidad y que incluyen desde el acceso al
sistema de mediación y escrituración social, hasta las gestiones de defensa de
los derechos del consumidor.
Curcio señaló que la comuna tiene "un número cada vez
mayor de familias que se acercan para realizar este trámite y en todos estos
años hemos entregado una cantidad muy importante de actas y permanentemente
recibimos consultas sobre los requisitos para realizar el trámite, que es
totalmente gratuito".
La inscripción de un inmueble como Bien de Familia la
realiza el propietario y en caso de ser más de uno lo deben realizar todos
ellos, siempre y cuando tengan el parentesco exigido por la ley. Los
beneficiarios del régimen pueden ser el cónyuge, sus descendientes o
ascendientes o hijos adoptivos, aunque no convivan con el propietario.
En caso de no poseer dichos parientes, podrán ser
beneficiarios los colaterales hasta el tercer grado de consaguinidad, por
ejemplo sobrino o tío, con la condición de que vivan con el propietario.
Todos los interesados en conocer más sobre este servicio
podrán dirigirse a la sede de la repartición comunal, ubicada en Chacabuco 383.
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