20 de julio de 2016

JUICIO ABREVIADO

JUICIO ABREVIADO. El contador Díaz Esteve, condenado pero en su casa como cárcel

La Justicia halló culpable a Raúl Alejando Díaz Esteve de ser autor penalmente responsable de los delitos de "Tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor y comercialización de estupefacientes, en concurso ideal". En el acuerdo sellado antes de la feria judicial y a través de un juicio abreviado "Ale", así tal su apodo y su alias, mantendrá el status de preso de primera clase, por decirlo así, ya que continuará con el régimen de arresto domiciliario.

En cuanto al fallo, el juez Pablo Galli logró probar por imperio de las evidencias que Díaz Esteve, junto a los coimputados en esta causa que ya fueron condenados, comercializó sustancias estupefacientes -marihuana y cocaína- fraccionadas en dosis destinadas directamente al consumidor en la ciudad, en el lapso de tiempo comprendido entre el mes de octubre de 2012 y el 19 de junio de 2014. Las viviendas donde vivían Esteve y sus cómplices era utilizadas para la comercialización de drogas, donde se incautaron considerables volúmenes de marihuana, balanza de precisión, teléfonos celulares, computadoras portátiles, y cocaína. En el caso de los estupefacientes, al ser peritados químicamente, arrojaron resultado positivo indicando que se trataba de sustancias comprendidas en las previsiones de la ley 23.737, más precisamente clorhidrato de cocaína y marihuana.

En la sentencia se consigna nombres y domicilios de los involucrados en la causa, como la vivienda de Caseros al 600 en la que vivía Alejandro Díaz Esteve. Entre los innumerables elementos probatorios se secuestró un envoltorio de nylon conteniendo clorhidrato de cocaína con un peso de 25,4 gramos, el cual era detentado en su mano por Díaz Esteve al momento del allanamiento policial. Al mismo tiempo se recogió un teléfono celular, anotaciones varias y una computadora portátil. También se secuestró un frasco de vidrio conteniendo marihuana con un peso de 5,1 gramos, y del interior de un mueble se secuestró una caja de cartón conteniendo bicarbonato de sodio.

La suma de las pruebas que finalmente sirvieron para acreditar el delito y arribar a las condenas respectivas, como anteriormente había ocurrido con Sergio Daniel Fernández, de apodo "Charly" o "Enano", y a Matías Fernando Laborde, de apodo "Naranjo" o "Pichu".

En su momento el caso despertó una fuerte conmoción social que ahora ve su epílogo: el contador Díaz Esteve deberá concluir su condena efectiva pero morigerada por el arresto domiciliario. En su legajo el contador no podrá eludir que fue condenado por narcotraficante a la pena de 4 años de prisión y una multa ciertamente simbólica: dos mil pesos. La condena moral de la sociedad no estuvo presente en el juicio abreviado a que llegaron las partes antes del inicio de la feria judicial.

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