12 de noviembre de 2020
Es el comienzo del fin de una época donde la
norma fue criminalizar pacientes y cultivadores solidarios. Pasaron casi cuatro
meses exactos desde aquel mediodía de 15 de julio en que el ministro de Salud
Ginés González García y su vice Carla Vizzotti presentaron en privado la nueva
reglamentación de la ley de uso medicinal del cannabis a referentes de la
ciencia y el activismo. Y finalmente, en la madrugada del jueves, el Gobierno
confirmó aquello y publicó un decreto donde establece la regulación del cultivo
doméstico y el expendio en farmacias de aceites y cremas producidas con esta
planta cuyo uso humano se remonta atrás 10.000 años.
La novedad fue publicada a las 00 de hoy en el
Boletín Oficial con la firma del presidente de la Nación, Alberto Fernández,
cuyo gobierno había prometido apenas asumió revisar la ley 27.350, sancionada
en marzo de 2017 y muy criticada por la comunidad de usuarios, médicos,
militantes, cultivadores y empresarios interesados en el creciente negocio de
la marihuana legal, una industria en expansión en todo el mundo. "Resulta
impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno,
seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el Cannabis como
herramienta terapéutica", dice el texto.
Es una noticia que cambia el paradigma y el
escenario local, después de años de prohibición global y total. La novedad más
importante que contiene esta nueva reglamentación es, indudablemente, la mejora
del artículo 8 de la ley, que incluye la autorización del cultivo personal y en
red para los usuarios, investigadores y pacientes que se registren en el
Programa nacional de Cannabis (REPROCANN) y que, según el decreto firmado por
el Presidente hasta ahora la ley debía funcionar pero "que no se encuentra
operativo".
Uno de los párrafos más sobresalientes de los
considerandos del decreto en este sentido remarca, respecto de las limitaciones
de la ley votada durante el macrismo: "Estas restricciones reglamentarias
configuraron barreras al acceso oportuno del Cannabis por parte de la población
y como respuesta a ello, un núcleo significativo de usuarias y usuarios han
decidido satisfacer su propia demanda de aceite de Cannabis a través de las
prácticas de autocultivo, y con el tiempo se fueron organizando redes y crearon
organizaciones civiles que actualmente gozan no solo de reconocimiento jurídico
sino también de legitimación social".
De este modo, tanto personas en su hogar como
organizaciones cannábicas -la base de esta lucha que lleva más de una década y
no termina en lo medicinal- y universidades podrán cultivar siempre que el fin
sea terapéutico.
"El REPROCANN registrará, con el fin de emitir
la correspondiente autorización, a los y las pacientes que acceden a través del
cultivo controlado a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento
medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor. Los y las pacientes podrán
inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o
una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la
Autoridad de Aplicación. Podrá inscribirse en el REPROCANN quien cuente con
indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado correspondiente,
en las condiciones establecidas por el PROGRAMA", dice la nueva letra de la
ley, que también indica que las provincias podrán regular estos registros y
expedir las autorizaciones para sus ciudadanos.
Los límites en la cantidad de plantas
permitidas en cada hogar o en las sedes de las organizaciones para los cultivos
"en red" se conocerán posteriormente, cuando el Ministerio de Salud redacte las
resoluciones particulares. De todos modos, la preocupación de las autoridades
del REPROCANN y de la cartera sanitaria está puesta no tanto en la cantidad
sino en la calidad de lo que produzcan estos cultivos. Se descuenta que de las
resoluciones ministeriales salga un marco limitante en proporción de sus dos
moléculas "estrella": el THC, que aporta psicoactividad y por eso muchos países
no lo permiten para uso médico, y el CBD, o cannabidiol, palabra que según
medidores de búsqueda de Internet rankea en lo más alto en los últimos años.
"La idea es controlar el producto final",
advirtió uno de los funcionarios responsables. En este punto, en el borrador
también se aclara que estará contemplada "la protección de confidencialidad de
datos personales" de los cultivadores.
Con la nueva reglamentación presentada por el
Poder Ejecutivo nacional este jueves podrán entrar en el circuito de legalidad
todos los cultivadores solidarios, familias y agrupaciones que, sin respuestas
del Estado a pesar de la ley y a riesgo de ir presos sostienen con mucha
dificultad la demanda de los usuarios, cuyo crecimiento fue exponencial en los
últimos tres años (sobre todo adultos mayores).
"El rol de las organizaciones seguirá siendo
clave", advirtió Vizzotti en julio. La viceministra trabajó desde febrero con
los integrantes del Consejo Consultivo honorario.
Hasta ahora, la tenencia de semillas y plantas
aun en el ámbito privado y para consumo personal o terapéutico, estaba penado
por la ley de drogas (23.737) con hasta 15 años de prisión. Al menos en el
aspecto medicinal, esta regulación significa el fin de esa injusticia.
La reglamentación modelo 2020 habilita no solo
a importar productos medicinales de cannabis, que ya estaba permitido aunque
solo para las epilepsias refractarias y vía ANMAT con un trámite engorroso,
sino también el expendio en farmacias habilitadas para vender y producir
"formulaciones magistrales", como aceites, tinturas o cremas. Es decir que
quien no quiera, no le interese o no pueda cultivar en su casa podrá
conseguirlo sin dificultades. Hasta ahora, la mayoría de los usuarios que no
accede al cultivador solidario consume en el mercado negro, sin control de la
calidad de la sustancia.
Además, la nueva norma cortará el límite que
impuso el modelo del gobierno de Mauricio Macri respecto de las patologías
habilitadas para el tratamiento. A partir de la publicación de la nueva
normativa no solo tendrán el permiso los pacientes con epilepsias refractarias
sino también el resto, cualquiera sea que obtenga efectos positivos.
El Estado sí garantizará la provisión gratuita
para quienes no tengan obra social o cobertura de salud privada, y a los
inscriptos en programas específicos de organizaciones públicas, algo que sí
ocurría actualmente pero con poco éxito, al ser exclusivo para epilepsia
refractaria y al no tener promoción ni campañas públicas. El gobierno anterior
apenas consiguió que se inscribieran para el tratamiento "de investigación"
menos de 300 pacientes. De hecho, el año pasado el Estado, después de rebajar
el Ministerio de Salud a Secretaría, redujo el presupuesto para el Programa
Nacional de Cannabis, al que le destinó menos de 1.000 pesos por día.
En la reglamentación nueva se incluye la
promoción pública de programas de extensión universitaria vinculados al
cannabis medicinal, el testeo de sustancias y cultivos experimentales para
fortalecer la investigación y el acceso. También se establece que Salud podrá
articular acciones y firmar convenios con instituciones académico científicas,
organismos públicos, privados y organizaciones no gubernamentales.
"El Estado Nacional brindará colaboración
técnica que impulse la producción pública de cannabis en todas sus variedades y
su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de
investigación en los laboratorios de Producción Pública de Medicamentos. La
dispensación del producto se realizará a través del Banco Nacional de Drogas
Oncológicas y/o en las farmacias habilitadas por el Programa", dice la
reglamentación. Se sabe que, además de la producción de la provincia de Jujuy,
que comenzó hace dos años, hay varias provincias -incluida Capital Federal- que
comenzaron a avanzar en proyectos de ley locales para sus laboratorios
públicos.
El Ministerio que conduce González García será
responsable de garantizar los insumos necesarios para facilitar la
investigación médica y/o científica de la planta de cannabis y "fomentará
y priorizará, en vistas de la eficiencia en el uso de los recursos, a la
producción regional y aquella realizada a través de los laboratorios públicos
nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP). En este
sentido, el Gobierno le quita la exclusividad al INTA y al Conicet y, algo que
se había reclamado desde un sector del Consejo Consultivo, abre el juego a las
universidades de todo el país que hasta ahora fueron esencialmente quienes
sostuvieron las redes de acceso a través de trabajos en conjunto con
organizaciones cannábicas sin fines de lucro.
Con esta nueva reglamentación se abre una
realidad novedosa que pone al país de cara a un futuro donde la planta de
cannabis se integrará al circuito productivo y al comercio internacional, tanto
para importar productos como para exportar.
Los primeros usos medicinales datan de hace
5.000 años y figuran en el Pen Tsao Ching, un herbario chino (EFE)
Los primeros usos medicinales datan de hace
5.000 años y figuran en el Pen Tsao Ching, un herbario chino (EFE)
Argentina es un país que por, clima y suelo,
tiene una enorme potencialidad en un negocio que en Estados Unidos y Canadá
ofrece a los gobiernos millones de dólares en cuestión de impuestos y crea
miles de fuentes de trabajo. No sólo celebran los activistas, usuarios e
inversores. La regulación del cannabis es un paso seguro también en la lucha
contra el narcotráfico y el comercio clandestino.
El camino del uso medicinal legal no se
detiene con esta reglamentación firmada por Alberto Fernández. Días atrás, la
diputada entrerriana Carolina Gaillard, del Frente de Todos, presentó con apoyo
de una decena de legisladores oficialistas y de la oposición un proyecto de ley
que reemplace a esta 27.350, una normativa más integral que esta nueva
reglamentación que además prevé la regulación del comercio de los productos
terapéuticos en base al cannabis. Fuentes del Gobierno confiaron a Infobae: "Es
probable que el año que viene se discuta, tiene el aval de lo más arriba".
(FUENTE: INFOBAE)
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