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26 de abril de 2018
La Ley 10.606 establece en el artículo 14 que debe ser
taxativo, no enunciativo, por lo que todo aquel que no esté contemplado en el
mismo no podrá comercializar medicamentos.
En este marco, el diputado del Frente Renovador Lisandro
Bonelli explicó que "las farmacias no son un comercio, sino un servicio
público como extensión del sistema de salud, y determina que no puede haber una
a menos de 300 metros de otra. Y agregó: "Permite como titulares a
empresas unipersonales, SRL, sin fines de lucro -(mutuales- pero no a sociedades
anónimas)".
Por su parte la diputada de Cambiemos Alejandra Lordén dijo:
"Nos debemos una ley 'modelo' de farmacia, que contemple la posibilidad de
apertura en todas sus variables". Y aclaró que "podría haber creado
un proyecto de ley en soledad pero estoy convencida de que debe ser creada en
conjunto con todos sus actores, en el recinto, en las comisiones, con el
colegio de farmacéuticos y todos los bonaerenses".
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