
Si tiene alguna consulta comuniquese al
22 de julio de 2016
Mediante la Resolución Nº74/16 se establece la
obligatoriedad de una declaración jurada donde el solicitante exprese su
condición de propietario u ocupante legal de un inmueble rural en la Provincia
de Buenos Aires y, a partir de allí, pueda iniciar el trámite que le permita
acceder al boleto de marca o señal.
El Ministro Leonardo Sarquís destacó que "es
imprescindible que todos los municipios de la Provincia puedan facilitar la
tarea de registro al difundir y aplicar esta medida, sobre todo en aquellos
pequeños y medianos productores o tenedores de animales donde la informalidad
los castiga en la venta de lo producido dado que reciben menor precio. Con
medidas facilitadoras estamos esperanzados en mejorar la competitividad de
todas las cadenas y mitigar el impacto de aquellas enfermedades zoonóticas como
la triquinosis vinculadas mayoritariamente con la faena en negro".
Para mayor información, se podrá consultar en la Oficina de Guías de su Municipio y/o en nuestra página web: www.maa.gba.gov.ar, a los teléfonos 0221-429-5349. Horario de Atención: Lunes a Viernes de 9:30 a 13:00 hs., al correo electrónico guiaunica@maa.gba.gov.ar.
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