12 de diciembre de 2018

PROYECTO DE ORDENANZA

PROYECTO DE ORDENANZA. Acoso sexual callejero: el Concejo Deliberante trabaja para erradicarlo de la ciudad

"El proyecto es para dar impulso y adherir al proyecto de ley de erradicación y prevención del acoso callejero que busca multar al acosador y que fue aprobado por la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires", apuntó la concejala de Cambiemos Melisa Greco.

La propuesta girada al Senado bonaerense busca modificar el Código de Faltas de la provincia de Buenos Aires y tiene como objeto sancionar, prevenir y erradicar el acoso sexual callejero. 

Además, "la iniciativa promueve la realización de campañas que visibilicen la problemática y asimismo prevé multas a quienes cometan acoso en la vía pública", agregó la legisladora municipal.

Se entiende que el proyecto, que integra varias propuestas previas de distintos sectores políticos, apunta a igualar derechos y  también trasciende a los partidos. "Tiene que ver con lo que diariamente nos pasa a las mujeres y que durante últimos años logramos desnaturalizar", aseguró Greco.

La finalidad es brindar un instrumento para que cuando una mujer, niña o adolescente se sienta incómoda ante cualquier acto que tenga implícito una connotación sexual, pueda denunciarlo y el acosador deberá responder por esa contravención.

¿Qué es el acoso callejero?

La iniciativa entiende por "acoso callejero" toda conducta o acción física o verbal, de naturaleza o connotación sexual, basada en el género, identidad y/u orientación sexual, realizada por una o más personas en contra de otra u otras que no desean o rechazan estas conductas.

Establece también que esas conductas deben afectar su dignidad, sus derechos fundamentales como la libertad, integridad y el libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo, siempre que no constituya otro delito.

Respecto a la prevención, el proyecto propone poner énfasis en la realización de campañas de difusión que contribuyan a dar visibilidad a la problemática. Establece que el autor del acoso será penado con multas de entre el 20 y 40 por ciento del haber mensual del agente de seguridad de la Policía de la provincia de Buenos Aires.

Según el último estudio de la organización Acción Respeto, la población más vulnerable al acoso callejero en Argentina son las niñas y adolescentes, con un 38 por ciento de las mujeres que fueron acosadas antes de los trece años. Y un estudio realizado por la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires reporta que ocho de cada diez mujeres fueron víctimas de acoso  callejero, de las cuales el 97% no denunció el agravio. 


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