24 de febrero de 2019

NOTA DE TAPA

NOTA DE TAPA. El trágico final de Silvina Tornati

por
Marcelo Bettini

La muerte de una mujer en Miami impacta fuerte en Tandil. Se trata de Silvina Tornati, oriunda de esta ciudad, quien murió el sábado 9 de febrero pasado tras caer al vacío desde el noveno piso del Grand Beach Hotel, donde ocupaba la habitación 923.

El dato se conoció aquí poco después y explotó como una bomba en un amplio círculo de conocidos, amigos y familiares. Es que Silvina era una mujer conocida y querida por muchos vecinos, que le reconocían su calidad humana y su sensibilidad.

Aunque estaba en sus cincuenta años aparentaba muchos menos y su imagen exterior de gran belleza escondía una sensibilidad difícil de apreciar a primera vista. Mientras que para las personas prejuiciosas podría parecer una 'mujer de plástico', Silvina era una madre siempre preocupada por sus hijos, espiritual y solidaria.

En Silvina la procesión iba por dentro. Su divorcio había sido muy turbulento y no había podido alcanzar la serenidad de espíritu que esos traumas requieren.

Para peor, desde octubre de 2016 atravesaba una tormenta judicial que hizo mella en su ánimo y la empujó a vivir fuera del país, lejos de Tandil y de sus afectos.

 

 

AÑICOS

El mundo de Tornati se hizo trizas a finales de 2016, cuando cambió sus viajes por el mundo y su vida de alto perfil por una celda diminuta. Primero en la comisaría 12 de Villa Elisa y luego en una cárcel de mujeres.

Fueron treinta días en total. En el bosque de los adjetivos y la subjetividad quizá sea poco para alguien acostumbrado a la vida carcelaria; sin duda fue una eternidad para una persona de las características y la condición de Silvina. Ya no logró recuperarse por completo de esa situación y de las derivaciones que tuvo en su vida personal.

La mujer había sido detenida el miércoles 12 de octubre en esta ciudad. Ese día también detuvieron a su ex marido, el médico Julio Alberto Tamburelli. Ambos fueron trasladados a La Plata donde los indagaron en el marco de la causa que llevaba adelante el fiscal Álvaro Garganta por un esquema de defraudaciones a la obra social IOMA.

En el marco de ese proceso, por el que Tamburelli y Tornati permanecieron en calidad de detenidos durante un mes, se los acusó de haber estafado a la obra social bonaerense por un monto de $58.272.

Para llevar a cabo la maniobra se valieron de la empresa de internación domiciliaria Clinicasa (Flonic SRL, según figura en el expediente judicial), a través de la que facturaron prestaciones a un afiliado que nunca recibió el servicio.

El fiscal Jorge Paolini, a cargo de investigar una causa que reúne 65 estafas a IOMA de distintos prestadores, había justificado en el auto de procesamiento que Tamburelli y Tornati, "en su calidad de socios de la firma Flonic mediante la presentación de documentación falsa, daban cuenta de la prestación de un servicio de internación para la afiliada María Luisa Sánchez, que nunca se llevó acabo ni tampoco había sido solicitado por la paciente. Por esa maniobra la empresa recibió en el año 2014 la suma de $58 mil por parte de IOMA". Para el fiscal, Tornati y Tamburelli "participaron en al menos 15 de los 65 casos de defraudación con internaciones que se investigan". Pero esto nunca se probó y fueron acusados por un único hecho. Precisamente el de la paciente Sánchez por una supuesta prestación que incluía: "Médico, cuatro veces por semana; Enfermería; Cuidador Domiciliario de 16 horas diarias; doce sesiones mensuales de Kinesioterapia; Fisioterapia; otras doce sesiones mensuales de Kinesioterapia respiratoria y la provisión de una cama colchón anti escara con nebulización y aspiraciones".

El fiscal Paolini explicó: "Le tomamos la declaración testimonial al kinesiólogo, a la enfermera. Se estudiaron las escrituras, se peritaron las firmas y se determinó que las rúbricas que presentó la acusada no coincidían con las de los empleados, que dijeron que nunca habían atendido a la afiliada. Con esa documentación falsa se presentaban en el IOMA y cobraban".

En cuanto a los detalles, Paolini  pudo acreditar que "el 30 de noviembre de 2012 el médico imputado inició en la delegación Tandil de IOMA un trámite de internación para la afiliada Sánchez, estampó su firma y falsificó la del marido de la supuesta paciente, por la que se autorizaba a la empresa Clinicasa a hacer la prestación de internación domiciliaria. En la ocasión, el médico hizo entrega de una supuesta historia clínica firmada por él, de una planilla de presupuesto rubricada por la esposa del médico y socia de la empresa prestataria, un formulario de IOMA de solicitud de servicios de internación domiciliaria, una copia de un estudio de cerebro de la afiliada, fotocopia de DNI y recibo de sueldo".

La estafa comenzó a descubrirse cuando en septiembre de 2013 el marido de la paciente fue contactado por la delegación local de IOMA para preguntarle sobre la internación domiciliaria de su mujer y preguntarle si deseaba continuar con el servicio. El hombre puso en conocimiento de lo ocurrido a las autoridades de la Regional de IOMA y luego fue formulada la correspondiente denuncia penal.

El hecho fue caratulado "fraude a la administración pública en concurso real" y a pesar de las acusaciones y el ruido mediático, se trató de un único caso. Aunque los comentaristas de las redes sociales y algunos medios generen desinformación por falta de datos correctos, siempre es bueno recordar el axioma judicial: 'lo que no está en el expediente, no existe'.

 

 

PRESIÓN POLÍTICA

La detención de Tornati y Tamburelli parece obedecer a presiones políticas sobre la Justicia para mostrar resultados en la lucha contra la corrupción. Solo así se puede entender que dos personas sin antecedentes vayan presas por una defraudación de $58 mil.

Igual de sorpresiva fue la denegatoria a las excarcelaciones que solicitó el defensor oficial al juez de garantías Juan Pablo Masi. Los abogados Gustavo Ballent (de Tornati) y Alfredo Gascón Cotti (de Tamburelli) debieron recurrir a la Cámara Penal de Garantías, cuya Sala 2 finalmente revocó la denegatoria y fijó una fianza de $30 mil para cada detenido.

Las dificultades para que este caso fuera medido con una vara igual a otras estafas de montos similares radican en las derivaciones políticas. Primero porque se trata de una causa que investiga la presunta estafa de $380 millones anuales en perjuicio del Instituto de Obra Médico Asistencial a través de sobreprecios y empresas fantasmas en toda la provincia.

Y segundo porque el tema se coló en la agenda política, al punto que el gobierno de María Eugenia Vidal considera ese expediente como uno de los ductos de corrupción con prácticas médicas y asistenciales que consumió más de mil millones de pesos durante la administración de Daniel Scioli.

Estos son algunos de los motivos por los que una causa por estafa de orden local que se considera menor en términos monetarios y cuyo origen se remonta al año 2013 dentro de la fiscalía del Dr. Piotti, fue solicitada por Garganta y sumada a una mega causa. También así se explica la detención de Tornati, fuera de lo que la práctica judicial aplica en casos de esa naturaleza.

 

 

SILVINA DEVOLVIÓ EL DINERO

Lo que no saben algunos pocos comentaristas que destilan odio e impiadosa ignorancia en los foros digitales es que la acusada había devuelto el monto de la estafa más los intereses y que estaba sometida a un proceso para saldar cuentas con la justicia.

El 7 de septiembre de 2018 el Juez en lo Correccional Nº 5 de La Plata, Diego Tatarsky, le concedió una Suspensión de Juicio a Prueba.

En el marco de ese acuerdo la imputada devolvió el monto del daño causado más intereses. Diez días después Silvina depositó $64 mil en una cuenta del BAPRO a nombre de la Fiscalía del Estado de la Provincia de Buenos Aires y otros $10 mil en concepto de donación al Hospital de Niños de La Plata. Tamburelli abonó una cifra idéntica y también consiguió el beneficio.

Otro de los requerimientos de la suspensión del juicio a prueba para Tornati era fijar residencia y presentarse trimestralmente y durante dos años en el Consulado de Argentina en Roma, por corresponder al domicilio legal que ella había fijado.

La suspensión del juicio a prueba es una alternativa prevista en el Código Penal para evitar condenas de prisión. La institución le fija a los procesados el cumplimiento de determinadas condiciones (en la mayoría de los casos tareas comunitarias) y si estas son cumplidas se deja sin efecto el juicio, es decir, se extingue la acción penal.

El artículo 76 bis establece: "El imputado de un delito de acción pública reprimido con pena de reclusión o prisión cuyo máximo no exceda de tres años, podrá solicitar la suspensión del juicio a prueba. Al presentar la solicitud, el imputado deberá ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño en la medida de lo posible, sin que ello implique confesión ni reconocimiento de la responsabilidad civil correspondiente. Si las circunstancias del caso permitieran dejar en suspenso el cumplimiento de la condena aplicable, y hubiese consentimiento del fiscal, el tribunal podrá suspender la realización del juicio".

Todos estos supuestos concurrieron para que la Justicia platense le permitiera a Tornati esa alternativa de reparar el daño. Ella había cumplido con la parte monetaria y se había presentado para firmar la primera de ocho actas en el Consulado Argentino de su país de residencia.

Lejos de sus afectos, esa mujer sensible que cometió un error y pagó no pudo con los fantasmas del pasado. Los mismos que le abrieron la ventana del noveno piso en un hotel de Miami.

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