
Si tiene alguna consulta comuniquese al
1 de septiembre de 2026
01/09/2026 14:09
Juan Cruz Eguibegui, responsable de la OMIC habló en Radio Voz sobre el nuevo sistema de cobro con transferencia del BCRA, sus límites y las condiciones que deben cumplir las entidades financieras. También advirtió por el sobreendeudamiento y los intereses elevados.
Juan Cruz Eguibegui, responsable de la Oficina Municipal
de Información al Consumidor (OMIC), explicó en Radio Voz los alcances del
nuevo sistema de cobro con transferencia impulsado por el Banco Central y llevó
tranquilidad frente a las versiones que lo presentan como un "embargo express".
También habló sobre sobreendeudamiento, intereses abusivos y los reclamos de
consumidores ante entidades financieras.
La puesta en marcha del nuevo sistema de cobro con
transferencia dispuesto por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)
generó preocupación entre usuarios de bancos y billeteras virtuales,
especialmente por la posibilidad de que las entidades puedan debitar
automáticamente las cuotas de préstamos.
Para aclarar los alcances de la medida, Juan Cruz Eguibegui,
responsable de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), habló
en Radio Voz y explicó cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que
este mecanismo pueda utilizarse.
En primer lugar, Eguibegui remarcó que se trata de una
disposición reciente del BCRA, lanzada a principios de marzo y operativa desde
el último día de agosto. Uno de los puntos centrales es que no tiene
carácter retroactivo.
"Todo lo que está atrás no se afecta. No es retroactivo en
el tiempo; para atrás, no, es para futuro", explicó. En ese sentido, aclaró que
la modalidad alcanza a los nuevos créditos contratados bajo este sistema y
también a las refinanciaciones que se realicen a partir de ahora sobre deudas
preexistentes.
Otro de los aspectos centrales de la normativa es que el
usuario debe prestar su consentimiento de manera expresa. Según explicó el
responsable de la OMIC, al contratar un préstamo bajo esta modalidad, la
persona deberá autorizar que las cuotas sean debitadas automáticamente de las
cuentas que indique.
"Uno tiene que consentirlo expresamente", señaló Eguibegui,
quien detalló que esa autorización puede realizarse de manera escrita o
mediante medios electrónicos o virtuales. El mecanismo puede ser utilizado por
entidades financieras autorizadas por el BCRA, entre ellas bancos y
determinadas billeteras virtuales.
La normativa también establece un límite respecto del monto
que puede ser debitado. De acuerdo con lo explicado por Eguibegui, el importe
no puede superar el 30% de los ingresos mensuales declarados por la persona.
A esto se suma una limitación sobre la cantidad de intentos
de cobro. "La entidad financiera o prestamista va a poder mensualmente intentar
cobrar esa cuota tres veces", detalló. El primer intento se realiza en el
momento establecido y los otros dos no pueden exceder las 36 horas.
Para el responsable de la OMIC, estas condiciones aportan
previsibilidad a los usuarios, especialmente frente a situaciones en las que
una persona recibe dinero en su cuenta y automáticamente se encuentra con que
fue utilizado para cubrir una deuda.
Otro requisito establecido por el BCRA es que el cliente sea
informado previamente. La entidad que realiza el cobro debe notificarlo por
medios electrónicos durante el día hábil anterior al débito. Eguibegui estimó
que estas comunicaciones podrían concretarse mediante correo electrónico o
WhatsApp, de acuerdo con los canales utilizados actualmente por las empresas.
Además, aclaró que la autorización para realizar los
débitos puede darse de baja en cualquier momento.
La importancia de controlar las cuentas
Más allá de esta nueva modalidad, desde la OMIC recomiendan
a los consumidores revisar periódicamente los movimientos de sus cuentas y
tarjetas. Eguibegui explicó que, cuando una persona recibe el resumen de
cuenta, dispone de 30 días corridos para desconocer un consumo que no haya
realizado.
"Si se vencen esos 30 días, uno pierde el derecho de hacer
ese desconocimiento", advirtió. Por eso, el funcionario consideró fundamental
que los usuarios controlen sus movimientos y actúen rápidamente ante cualquier
operación que no reconozcan.
La relevancia de estas cuestiones se refleja también en la
cantidad de consultas y reclamos que recibe diariamente la OMIC. Según explicó
Eguibegui, aproximadamente entre el 40 y el 45% de los reclamos que ingresan
a la oficina están vinculados con servicios financieros.
"Eso incluye consultas por sobreendeudamiento,
hostigamiento, bajas de servicios, pero aproximadamente de la totalidad de los
expedientes que ingresan, un 45% es contra bancos o entidades financieras",
precisó.
Preocupación por el sobreendeudamiento
Durante la entrevista también se abordó la situación de
personas que tienen deudas con financieras y billeteras virtuales,
especialmente ante el crecimiento de los intereses.
Eguibegui sostuvo que se trata de una problemática "bastante
compleja", debido a que quedaron desregulados los topes máximos de intereses
que podían aplicar algunas entidades. En particular, señaló que muchas
billeteras virtuales presentan tasas muy elevadas.
"Muchas de las billeteras virtuales -y son más billeteras
virtuales que bancos- tienen intereses bastante leoninos. Entonces, una deuda
crece básicamente exponencialmente", afirmó.
Frente a estos casos, recomendó que los consumidores se
acerquen a la OMIC antes de efectuar pagos a terceros que reclaman una deuda.
La oficina puede solicitar información a la empresa, conocer quién tiene
actualmente la deuda y reconstruir su evolución.
"Por ahí nosotros podemos citar a la empresa y, como bien
vos decís, actuás preventivamente antes de pagar a un tercero que me está
llamando por teléfono", explicó.
En ese sentido, contó que han recibido casos en los que una
deuda que originalmente era de unos 200 mil pesos terminó alcanzando varios
millones de pesos. Ante una situación de este tipo, la OMIC puede intervenir
para determinar el origen del reclamo, establecer quién adquirió la deuda y
buscar una alternativa de refinanciación acorde con las posibilidades del
consumidor.
Consultas por préstamos que migraron tras el cierre de
Efectivo Sí
Durante la charla también se mencionaron las consultas
recibidas por personas que tenían préstamos vinculados a Efectivo Sí y que,
tras el cierre de la sucursal local, fueron derivados a otras entidades.
Eguibegui confirmó que la OMIC recibió algunos casos y
explicó que varios de esos préstamos "migraron a diferentes bancos". El
problema, según señaló, aparece especialmente cuando los consumidores no son
correctamente informados sobre el cambio y desconocen dónde deben continuar
pagando.
"Lo que les recomendamos es acercarse a la oficina y hacer
el reclamo", indicó.
Por eso, desde la OMIC remarcan que los consumidores pueden
recurrir al organismo tanto ante un débito que consideren indebido como frente
a una deuda cuyo origen, monto o acreedor no esté claro.
La oficina funciona en Chacabuco 383, planta baja, y
la atención es gratuita. Según informó Eguibegui, recibe consultas y reclamos de
lunes a viernes, de 8 a 14 horas.
El responsable de la OMIC insistió así en la importancia de
que los usuarios conozcan sus derechos y consulten antes de aceptar
condiciones, realizar pagos o dejar pasar plazos para efectuar reclamos.
1 de septiembre de 2026
1 de septiembre de 2026
1 de septiembre de 2026
1 de septiembre de 2026
31 de agosto de 2026
31 de agosto de 2026
31 de agosto de 2026
31 de agosto de 2026
31 de agosto de 2026
31 de agosto de 2026
31 de agosto de 2026
¡Muchas gracias!

Único diario digital con cobertura integral en cada rincón de la provincia de Buenos Aires.
Edición Nº
3010 correspondiente al día
01/09/2026
Inscripto en la DNDA:
5224617 |
Propietario:
María Belen Bruni
Director:
Eduardo Hugo Bruni
Domicilio comercial:
Sarmiento 291 |
Tel:
(0249) 422 00 27
Podrás ver costos y tiempos de entrega precisos en todo lo que busques.
Comentarios
0Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Iniciá sesión para dejar tu comentario
Iniciar sesiónCargando comentarios...
Denunciar comentario