30 de diciembre de 2015

Opinión

Opinión. Convenios Urbanísticos. Primer convocatoria a Audiencia Pública

  • del Departamento Ejecutivo,
  • de la Comisión Municipal de Gestión Territorial, instancia en donde se canalizan aportes técnicos de sectores representativos de la sociedad (colegios de técnicos, arquitectos, agrimensores, ingenieros y abogados)
  • de todos aquellos terceros que tienen interés en el asunto a resolver mediante el convenio urbanístico, mediante su participación activa en las audiencias.
  • Recordemos que cada convenio urbanístico que se suscribe consiste en un acuerdo entre el Ejecutivo Municipal y los beneficiarios de una decisión del Estado municipal.   Estos acuerdan una cesión económica o “en especie” (conforme a criterios orientativos establecidos en la reglamentación) en concepto de participación municipal en la renta urbana extraordinaria generada como consecuencia de esa decisión.  El Municipio negocia los términos del acuerdo y el Concejo Deliberante debe (o no) convalidarlo. Estamos hablando del otorgamiento de excepciones sobre alguna de las normas que regula el Plan de Desarrollo Territorial vigente en la ciudad de Tandil.  Es un instrumento que indudablemente necesita miradas desde distintas perspectivas a los efectos de reunir el mayor consenso posible para su implementación.  Siempre partiendo del principio de que la excepción no debe convertirse en norma. Sin lugar a dudas, la convocatoria a audiencias públicas contribuye a mejorar la calidad del proceso, brindando un espacio de participación a quienes tienen la necesidad de realizar aportes sobre el tema en discusión y, por otra parte, otorga mayor legitimidad a las decisiones que se tomen desde el Concejo Deliberante. El convenio urbanístico es una figura novedosa en el Municipio de Tandil, que ha generado opiniones encontradas e intensos debates al momento de su tratamiento.  Opiniones y debates que contribuyen a perfeccionar la figura, dotarla de transparencia y, en algunos casos, resultaron un freno cuando no existieron los consensos necesarios para avanzar en su convalidación. Resulta ahora necesario profundizar otro requisito que debe estar presente en todo acto administrativo del estado, y que el Plan de Desarrollo Territorial destaca en numerosas citas, que es su publicidad. La celebración de audiencias públicas, definitivamente es un gran avance en tal sentido. El Concejo Deliberante deberá llevar adelante el proceso, convocando a esta primera audiencia, sumar antecedentes sobre el tema, brindar el espacio a todas las voces, y generar el debate necesario.  Luego, y en función de la información recabada, tomar la que considere mejor decisión sobre el convenio pendiente de convalidar. Por otra parte, de ahora en más, deberá analizar y determinar cada oportunidad en la que se deberá convocar a audiencia pública.  Desde nuestro bloque propusimos hacerlo en forma obligatoria para la totalidad de los convenios que el departamento ejecutivo suscriba. El tiempo dirá el uso que se haga de esta herramienta, pero sin lugar a dudas este primer antecedente puede convertirse en un auspicioso comienzo.

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