14 de julio de 2026
El secretario de Legal y Técnica explicó cómo continuará el proceso tras la sentencia que ordenó la demolición de construcciones irregulares en el condominio Córica Gutiérrez. Se analiza la responsabilidad de cada propietario y remarcó que también existe una ocupación indebida de la vía pública.
La sentencia del Juzgado de Faltas N° 2 que ordenó la
demolición de construcciones irregulares y la recolocación de viviendas en el
condominio Córica Gutiérrez abrió una nueva etapa en uno de los conflictos
urbanísticos más resonantes de Tandil. Mientras se aguarda una posible
apelación, el Municipio comenzó a analizar la situación particular de quienes
adquirieron inmuebles en el emprendimiento ubicado sobre calle Israel, donde
además se detectó la ocupación de una calle pública mediante la instalación de un
portón.
En diálogo con Radio Voz, el secretario de Legal y Técnica
del Municipio, Juan Francisco Macía Cantarelli, explicó que el Gobierno comunal
debe actuar con cautela debido a las distintas situaciones jurídicas que
presenta el caso. "Ahora tenemos que ser cautelosos con toda la relación y
situación jurídica, personal y particular de ahí, las distintas defensas. Acá
se abren varias aristas", afirmó.
El funcionario recordó que la condena dictada por el juez
Pedro Oliveto alcanza a la firma Córica Gutiérrez Bienes Raíces S.R.L., aunque
aclaró que el Municipio también inició actuaciones para determinar qué
responsabilidad les corresponde a los distintos copropietarios del predio.
Según detalló, las nuevas inspecciones realizadas por la
Dirección de Obras Privadas no solo constataron las construcciones irregulares
dentro de la parcela, sino también la colocación de un portón sobre una calle
de dominio público.
"A nosotros nos releva distinto tipo de información, no
solo de las construcciones clandestinas e irregulares dentro de una parcela
privada, sino de la colocación de un portón sobre la vía pública",
explicó.
A partir de esa constatación, el Municipio solicitó informes
al Registro de la Propiedad Inmueble y comprobó que el terreno posee varios
copropietarios. Con esa información, se enviaron cartas documento a cada uno de
ellos para que informaran cómo se desarrolló la construcción de las viviendas y
cuál fue su participación en el emprendimiento.
"Quisimos que cada uno de esos propietarios informen,
nos cuenten cómo se dio esa situación, cómo construyeron las casas. Hemos
recibido tres respuestas y las estamos analizando", indicó.
Macía Cantarelli diferenció especialmente la situación de la
empresa desarrolladora de la de los particulares. "Entiendo que Córica
Gutiérrez Bienes Raíces era quien tenía la orden de clausura y de no poder
avanzar con la obra. Evidentemente fue lo que hizo, porque las casas están
construidas. Desobedeció la orden judicial y ahora está la sentencia del doctor
Oliveto en ese sentido, con la condena pecuniaria y la orden de
demolición", sostuvo.
Respecto de quienes compraron viviendas dentro del
condominio, el secretario señaló que todavía resta determinar si conocían las
irregularidades o si fueron inducidos a error por la desarrolladora.
"Primero, para construir una casa uno tiene que
acercarse a la Dirección de Obras Privadas. Uno contrata un maestro mayor de
obras o un arquitecto, y esos profesionales saben que existe una normativa que
deben cumplir. Evidentemente todo esto no se hizo", expresó.
Sin embargo, aclaró que aún deben establecerse las
responsabilidades individuales. "¿Cuánta diligencia hubo por parte del
tercero adquirente? No lo sé. ¿Cuánto sabía? ¿Cuánto engaño o dolo hubo del
otro lado? Tampoco lo sé. Por eso muchas cuestiones se van a ventilar en la
esfera privada entre esos condóminos y otras en la esfera administrativa",
afirmó.
En ese sentido, remarcó que el conflicto no se limita a las
edificaciones realizadas sobre un área no habilitada. "Acá hay un portón
en medio de una calle. Es una invasión del espacio público, del dominio
público", enfatizó.
Consultado sobre la orden judicial de demolición y
recolocación de viviendas, Macía Cantarelli consideró que la posibilidad de
trasladar las construcciones resulta poco viable por sus características
constructivas.
"Entiendo que el doctor Oliveto pudo haber pensado en
viviendas con posibilidad de relocalización, como ocurre con algunos
contenedores. Pero acá son construcciones de mampostería, con cimientos, y no
parecería factible esa relocalización. Si no cabe la relocalización, cabría la
demolición, que es lo que dispone la sentencia", manifestó.
No obstante, recordó que la resolución aún no está firme. "La
sentencia es apelable y entenderá próximamente el juez correccional",
indicó.
Sobre los pasos que seguirá el Municipio, explicó que
primero deberán esperar la resolución de esa instancia antes de definir la
estrategia judicial. "Tenemos que esperar. Una vez que se apele y
dependiendo de lo que resuelva el juez correccional, veremos la postura que
vamos a adoptar y si defendemos todo el contenido de la sentencia",
señaló.
Mientras tanto, el Gobierno comunal continuará reuniendo
información de los distintos propietarios alcanzados por el fallo, ya que en el
predio existen al menos seis construcciones habitadas.
"Hay varias personas y familias viviendo allí afectadas
por esta sentencia. Hay que pensarlo de manera integrada y diferenciada. No es
lo mismo una construcción realizada por alguien que con absoluta certeza sabía
que no se podía hacer, que alguien que estuvo mal informado o no
informado", sostuvo.
Finalmente, remarcó que ese será uno de los aspectos
centrales que deberá esclarecer la Justicia en las próximas instancias. "Ese
tercero, cuán partícipe puede ser o cuán ajeno a todo esto puede estar, es lo
que ahora tenemos que averiguar. Entiendo que esa también va a ser la defensa
de estos terceros en el juez correccional", concluyó
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