19 de noviembre de 2020
El juez Francisco Blanc dictó días atrás una medida cautelar en la que se aumenta la cantidad de metros en la que se prohíbe la utilización de agroquímicos en el Partido de Tandil y desde el Municipio ratificaron que "la Ordenanza que establece esa distancia está vigente".
Desde el área de legales están trabajando en el tema. El titular de la Secretaria, el doctor Andrés Curcio reconoció que "el lunes se recibió en la Secretaría Legal y Técnica el oficio notificando la medida cautelar dictada por el Juzgado en lo Civil y Comercial nº 2 de Tandil".
Esas determinaciones, a entender de los funcionarios municipales, "poseen un alcance mayor al que ha de esperarse en una causa entre privados donde la Municipalidad ni siquiera es parte".
En este sentido, consideraron que "una medida cautelar que dispone dejar sin efecto total o parcialmente una ordenanza municipal, suspenderla o incluso modificarla, sólo puede ser dictada eventualmente en una causa donde el objeto de la misma sea cuestionar o impugnar la Ordenanza, y donde el demandado sea la propia Municipalidad".
En razón de ello, anticiparon que "evalúan hacer una presentación judicial en las próximas horas solicitando se tenga a la Municipalidad de Tandil por parte, y se remitan las actuaciones al Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Azul, por considerar que es éste el fuero que en consecuencia debiera intervenir".
Mientras tanto, las autoridades municipales señalaron que "la Ordenanza municipal mantiene plena vigencia" y que la cautelar dictada por el Juez Blanc "sólo será de aplicación a los sujetos demandados que sean notificados, y respecto de los cuales la medida cautelar adquiera firmeza".
Entienden que "exigiendo el cumplimiento indiscriminado de las nuevas prohibiciones y distancias para aplicación de agroquímicos dispuestas por el Juzgado interviniente, se impondría a los afectados por la medida obligaciones que no surgen del texto de la Ordenanza y de las cuales no habrían sido notificados, razón por la cual resulta dificultoso infraccionarlos por su contravención".
Finalmente recordaron que "darle a la medida cautelar el carácter de general, aplicable a todo el Partido de Tandil, con independencia de quienes sean los sujetos demandados, significaría en los hechos una modificación de una Ordenanza, lo cual es facultad exclusiva del Honorable Concejo Deliberante".
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