18 de agosto de 2020
Este martes el Sistema Integrado de Salud Pública del Municipio emitió una nueva resolución, en la que establece que ciudades son consideradas como zona de brote epidémico activo, por lo que las personas provenientes de esas localidades deben cumplir con 14 días de aislamiento.
La lista se conforma a partir de la evaluación que efectúa el Comité de seguimiento de coronavirus de Tandil, en base a la información suministrada por los Ministerios de Salud de la Provincia de Buenos Aires y la Nación.
La resolución tiene vigencia hasta el 30 de agosto e incluye a los siguientes Partidos: Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Bolivar, Bragado, Castelli, Chascomús, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Dolores, General Alvarado, General Belgrano, General Madariaga, General Paz, General Pueyrredón, Laprida, Lezama, Monte, Pinamar, Saladillo, San Nicolás y Suipacha.
Mientras se encuentre vigente esta disposición todas las personas provenientes de esas ciudades, con Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19, deberán cumplir un aislamiento obligatorio de 14 días, del mismo modo que quienes lo hacen desde partidos con transmisión local como la ciudad de Buenos Aires y los municipios del AMBA.
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