1 de junio de 2020

PUESTOS SANITARIOS

PUESTOS SANITARIOS. Se actualizó el protocolo en los controles de acceso y egreso de la ciudad

Como parte de las medidas y acciones adoptadas para la prevención por la pandemia de coronavirus, este lunes el Municipio de Tandil actualizó el protocolo de actuación para los puestos sanitarios dispuestos en los accesos de la ciudad y localidades rurales y controles de circulación interna.

El control de ingreso a Tandil, María Ignacia - Vela y Gardey versará sobre aspectos vinculados a la identificación, circulación y determinación de la procedencia de la persona y sobre aspectos sanitarios vinculados al COVID-19, mientras que en los egresos se controlará la identificación de la persona y la acreditación de la legalidad de la circulación.

En casos de ingresos se identificará a cada persona, se acreditará la excepción a la prohibición de circular y se determinará la procedencia, para establecer si proviene de una zona de transmisión local del virus, definida como tal por el Ministerio de Salud de la Nación, en cuyo caso, si su destino está situado en el Partido de Tandil, deberá guardar aislamiento preventivo de 14 días.

Asimismo se concretará una verificación preliminar de síntomas de COVID-19 definidos como tales por el Ministerio de Salud de la Nación, en especial el síntoma objetivo de temperatura corporal u otros que lo caracterizan, en cuyo caso, si su destino está situado en el Partido de Tandil, también se le impondrá aislamiento preventivo de 14 días.

Control de identificación, procedencia y acreditación de la excepción a la prohibición de circular

Personal policial o de Tránsito consultará acerca de la procedencia y destino del conductor y acompañantes.

Si se tratase de personas y/o cargas que pretendan ingresar a Tandil o localidades rurales, aun cuando procedan de una de éstas, se exigirá la exhibición de la siguiente documentación con la cual se procurará establecer el lugar de procedencia de las personas sujetas a control: DNI, pasaporte o documentación equivalente, a fin de establecer el domicilio allí indicado; Licencia de conductor, a fin de establecer el Municipio que la emitió; constancia de seguro vigente; certificado de Verificación Técnica Vehicular (VTV) vigente y certificado único de tránsito vigente, de acuerdo a lo dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 897/2020 para acreditar documental o electrónicamente la excepción a la prohibición de circular que los autoriza.

Tratándose de transporte de cargas, se solicitará, además, acreditar y presentar la correspondiente carta de porte, remito de mercaderías o documentación equivalente, a fin de acreditar el lugar de procedencia de la mercadería y el cargador respectivo.

Si todos los documentos consignan igual domicilio para la persona sujeta a control y éste no se corresponde con lugares o zonas consideradas de transmisión local del virus, podrá ingresar sin restricción alguna. Si por el contrario, el domicilio corresponde a lugares o zonas definidas como de transmisión local del virus, se le impondrá aislamiento preventivo de 14 días.

Si del control de la documentación surgieran domicilios diversos, sin que se pueda establecer razonablemente cuál es el domicilio de procedencia de la persona, se considerará que proviene de zona de transmisión del virus y se le impondrá aislamiento preventivo de 14 días. Si con posterioridad acredita razonablemente no provenir de una zona de transmisión local del virus, se levantará de inmediato el aislamiento impuesto.

En los casos donde no le asiste excepción alguna y/o no pueden justificarla, se exigirá a quien pretenda ingresar, regresar a su domicilio o lugar de residencia; dándose intervención, en su defecto, a la autoridad judicial correspondiente por presunta violación del art. 205 del Código Penal.

Finalmente en los casos de personas y/o cargas en tránsito con destino a ciudades o localidades de otro Partido, se verificará que se trate de un supuesto de "circulación excepcional", para lo cual se exigirá la presentación de la documentación.

Acreditada razonablemente la excepción a la prohibición de circular, se tomarán datos personales del conductor y acompañantes y datos del vehículo (marca, tipo, dominio, color) y se comunicará la prosecución del viaje, mediante Policía, al puesto sanitario por el cual saldrán del perímetro de control hacia su destino, a efectos de verificar su egreso.

Si no se acredita por el puesto sanitario de salida en un tiempo prudencial, se dará aviso a todas las dependencias policiales vía 101 y también al Centro de Monitoreo de Tandil para su posible detección en la planta urbana, y la adopción de las medidas legales a que hubiere lugar.

Si no se justifica razonablemente la excepción a la prohibición de circulación, se exigirá al interesado egresar del Partido de Tandil, dándose intervención, en su defecto, a la autoridad judicial correspondiente por presunta violación del art. 205 del Código Penal.

Por su parte el personal de Salud efectuará el control de temperatura corporal a todas las personas que pasen por el Puesto de Control Sanitario, ya sea como conductores o acompañantes. Completarán el formulario de DDJJ a las personas que pretendan ingresar a Tandil, María Ignacia - Vela o Gardey que presente fiebre (37,5º o más) o que registre historial de viaje fuera del país o historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local de COVID-19 en Argentina

Si bien no es considerada zona con transmisión local del virus, también deberán completar el formulario de DDJJ  las personas que registren historial de viaje o residencia en el Partido de Necochea, aunque no presenten fiebre ni ningún otro síntoma de COVID-19.

En todos estos casos deberán cumplir con el aislamiento preventivo de 14 días, y en caso de negativa, resistencia, desobediencia o elusión de las acciones de control, el personal Policial procederá según la ley vigente.

Si durante el control se detecta que una persona presenta 37.5º o más de temperatura corporal y registra historial de viaje fuera del país o historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local de COVID19, se requerirá la asistencia de ambulancia, para su traslado -y el de todas las demás personas que viajen juntas- hasta el Hospital Municipal Ramón Santamarina o el efector que se designe, a fin de implementar las medidas de detección, control y/o prevención que la situación amerite a juicio de los profesionales de la salud.

Controles de egreso

En los controles de egreso se exigirá la exhibición de la siguiente documentación: DNI, pasaporte o documentación equivalente; licencia de conductor; certificado único de tránsito vigente, de acuerdo a lo dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 897/2020 para acreditar documental o electrónicamente la excepción a la prohibición de circular que los autoriza.

Si no le asiste excepción alguna y/o no pueden justificarla, se exigirá a quien pretenda egresar o circular entre las localidades, permanecer en su domicilio o lugar de residencia; dándose intervención, en su defecto, a la autoridad judicial correspondiente por presunta violación del art. 205 del Código Penal.

Tratándose de transporte de cargas, se solicitará, además, acreditar y presentar la correspondiente carta de porte, remito de mercaderías o documentación equivalente, a fin de acreditar el lugar de procedencia de la mercadería y el cargador respectivo.

Si se conoce algún caso de violación al aislamiento obligatorio de 14 días, dar aviso a las autoridades comunicándose al 101.

Documentación para acreditar las excepciones a la prohibición de circular

Por disposición del DNU 297/2020, las personas sólo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables a los lugares más próximos para aprovisionarse de alimentos, medicamentos y artículos de limpieza, para lo cual no se requiere de certificados o permisos de circulación.

Control en Tandil

De 7 a 20 hs., en Tandil la circulación interna, es decir, en el ámbito de las plantas urbana y suburbana y sin salir de las mismas, no requerirá la presentación del certificado único de tránsito. Mientras que de 20 a 7 hs. deberán presentar el correspondiente certificado único de tránsito.

Quienes deban salir de las plantas urbanas y suburbanas, con destino a la zona rural, a las localidades de María Ignacia o Gardey o a otro punto del país, cualquiera sea el horario, deberán acreditar el certificado único de tránsito correspondiente.

Control en María Ignacia y Gardey

De 7 a 20 hs., en ambas localidades, la circulación interna, es decir, en el perímetro de cada una de ellas y sin salir de las mismas, no requerirá la presentación del certificado único de tránsito. Mientras que de 20 a 7 hs. deberán presentar el correspondiente certificado único de tránsito.

Quienes deban salir de las localidades, con destino a la zona rural o a la ciudad de Tandil o a otro punto del país, cualquiera sea el horario, deberán acreditar el certificado único de tránsito correspondiente.

Certificados de tránsito para las actividades exceptuadas

Las personas que se encuentren exceptuadas del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la "prohibición de circulación", detalladas en el artículo 6 del DNU 297/2020 y demás normativa vigente, deberán presentar a requerimiento de la autoridad de control el certificado único de tránsito o autorización o permiso correspondiente, según el siguiente detalle:

Actividades exceptuadas

Existen tres tipos de actividades exceptuadas:

· Actividades esenciales.

· Actividades no esenciales.

· Permiso especial válido por 48 horas para situaciones puntuales (los mismos incluyen: emergencia, situación imprevista, trámites impostergables, urgencias, turnos médicos, tratamientos impostergables, traslado de hijos e hijas).

Toda persona que necesite circular, a partir del 30 de Mayo, deberá hacerlo con el Certificado Único Habilitante para la Circulación, que se tramita en www.argentina.gob.ar/circular.

Este es el único certificado válido para todas las actividades esenciales, no esenciales y el permiso especial de 48 hs. Puede presentarse impreso o electrónicamente en su teléfono celular a través de la App "Cuidar".

Varados en Argentina

Aquellas personas que, habiendo quedadas "varadas" en el país con motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para regresar a su domicilio deberán obtener el certificado "regreso a casa" en la siguiente página: · www.regresoacasa.gob.gba.gob.ar o  www.regresoacasa.gob.ar

Mudanzas

Se encuentran habilitadas dentro del Partido de Tandil y desde otras ciudades, siempre que no provengan de zona de trasmisión comunitaria del virus, exclusivamente los días sábados o domingos.

Fuerza Mayor

Los casos de fuerza mayor, es decir, aquellos que están motivados en circunstancias excepcionales, extraordinarias, imprevistas, impostergables o de urgencia, como podrían ser las situaciones de salud (con o sin turno), deberán tramitar el "Permiso Especial por 48 hs." o Certificado Único Habilitante para la Circulación en la página www.argentina.gob.ar/circular

Otros permisos especiales regulados por normas nacionales o provinciales

Tratamientos médicos prolongados: Certificado Único Habilitante para la Circulación en la página www.argentina.gob.ar/circular 

Traslado de hijas o hijos menores: Certificado Único Habilitante para la Circulación en la página www.argentina.gob.ar/circular

En estos casos, el permiso no tiene límite temporal. En el caso del correspondiente a traslado de hijas o hijos menores, el mismo podrá realizarse sólo una vez por semana.

Permisos municipales

Se mantendrá la vigencia de los permisos, autorizaciones, registraciones o similares otorgados por el Municipio de Tandil

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