
Si tiene alguna consulta comuniquese al
18 de enero de 2018
La Oficina Municipal de Información al Consumidor funciona
desde el año 2004 en la órbita de la Secretaría Legal y Técnica del Municipio
bajo la dependencia de la Dirección de Relaciones con la Comunidad, junto a
otras áreas de la misma, tales como Mediación, Bien de Familia, Escrituraciones
Sociales, Personas Jurídicas, y actúa en el marco de las competencias otorgadas
por la Ley Provincial 13.133.
Se cita por parte del abogado de la Asociación que formula
la denuncia el artículo 45 de la mencionada Ley expresando que el mismo regula
que "La iniciación del sumario por denuncia, podrá formularse por escrito o
verbalmente." Omite el abogado transcribir el texto que continúa el citado
artículo que expresamente establece que "En ambos casos se acompañarán las
pruebas y se dejará constancia de los datos de identidad y el domicilio real.
En el formulario que al efecto se cumplimentará se hará saber al denunciante de
las penalidades previstas por el artículo 48º de la Ley 24.240, para el caso de
denuncias maliciosas."
La existencia del formulario no es un capricho de ningún
funcionario sino una exigencia de la Ley. Tiene por finalidad notificar
fehacientemente al denunciante lo prescripto por el art. 48 de la Ley 24.240.
Lejos de ser una cuestión burocrática, éste formulario está confeccionado de
tal manera que sea fácil de completar por cualquier ciudadano. Luego si el
denunciante prefiere presentar escrito por separado, no tiene más que
mencionarlo en el formulario en el cuadro correspondiente a los hechos o
manifestarlo verbalmente ante el funcionario adjuntando el escrito. Pero el
formulario debe completarse y firmarse SI o SI.
El trámite es personal y gratuito, en caso que el consumidor
o usuario necesite nombrar a algún apoderado, podrá en el mismo formulario provisto por la
Oficina, autorizar a otra persona a actuar en su nombre y representación
firmando a tal fin en presencia de la Autoridad Municipal o con Poder ante
escribano.
En el caso particular que nos ocupa y tal como surge de la
propia acta labrada por el Escribano contratado por el abogado difundida por los medios, surge claramente
que en la OMIC Tandil se entregó el formulario tipo a fin de cumplimentar los
requisitos exigidos por la Ley.
Para mayor
información dirigirse a la Oficina sita en Chacabuco 383.
María
Paz Rigotti
Lic. Zulma Ferreyra
Asesora
Jurídica
Directora de Relaciones con la Comunidad
OMIC Secretaría
Legal y Técnica
Municipalidad de Tandil
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